IA25 - Tecnología y equipos para almazaras

22 NORMATIVA informatizado, se indicará el país de origen del aceite incluido en la mez- cla que mayor porcentaje suponga sobre el producto final, especificando en el campo de observaciones el detalle de los distintos orígenes de los aceites junto con el porcentaje que éstos supongan sobre el pro- ducto final. ¿Cómo se notifican al sistema informatizado los aceites turbios? Según los operadores no se puede considerar ni lampante ni ninguno de los tipos que hay contemplados. Dado que los turbios no se pueden considerar aceites de oliva lampantes ni ningún otro de los tipos contem- plados en la normativa comunitaria, no deberán ser notificados al sistema informatizado. ¿Cómo se transportan los “turbios” desde la almazara a los “turbieros”? ¿Cómo se transporta el aceite que sale de los turbieros a la refinería? Al no estar incluidos en ninguna de las categorías de productos establecidas en la normativa comunitaria en las que se clasifican los aceites de oliva y de orujo de oliva, no serán objeto de notificación al sistema informatizado cuando se produzca un movimiento, sin perjuicio de las obligaciones de registro en el sistema de registros de trazabilidad de conformidad con la normativa comunitaria. DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO ¿Qué operadores están obligados a portar un documento de acompañamiento en el movimiento de aceites? Todos los aceites de oliva y de orujo de oliva, ya sea a granel o envasa- dos, deben portar un documento de acompañamiento. En el caso de los transportes de aceite de oliva a gra- nel, este documento será generado por el sistema informatizado. ¿Los documentos de acompañamiento del aceite deben ser archivados por el tenedor para posibles inspecciones? ¿qué se hace con el documento de acompañamiento cuando el trasporte llega al destino? Se debería guardar y en el caso del transporte de aceites a granel, al ser el documento de acompañamiento generado por el sistema informatizado, este documento quedará almacenado en el sistema y podrá ser recuperado con posterioridad. ¿El documento de acompañamiento también es necesario para expediciones de aceite embotellado? Sí, el documento de acompañamiento será obligatorio en el transporte de aceites de oliva y de orujo de oliva, sea a granel o no. ¿La retirada de aceite de una almazara para autoconsumo de qué documentación debe ir acompañada? Este aceite deberá ir acompañado de un documento que identifique inequívocamente la denominación del producto. Además, deberá ir correcta- mente envasado y etiquetado para su entrega al consumidor final, debiendo disponer de un dispositivo de cierre irrecuperable e inviolable. ¿La retirada de aceite a granel de una almazara por un cosechero de qué documentación debe ir acompañada? Este cosechero pasará a ser conside- rado un operador del sistema y como tal le serán de obligación todas las obligaciones aplicables a los operado- res, relativas al mantenimiento de los registros de trazabilidad, documentos de acompañamiento, notificación al sistema informatizado, etc. ¿En el documento de acompañamiento hay que declarar el origen? ¿Es obligatorio para todos los aceites? Sí, es obligatorio indicar el origen del producto en el transporte de todos los aceites de oliva y de orujo de oliva. Si el comprador del aceite, una vez emitido el documento de acompañamiento y recepcionada la carga, considera que la categoría no se ajusta a lo establecido en dicho documento, ¿qué pasaría con esa carga? *a) En el caso de que la aceptara si se modifica la informacio´n objeto de disconformidad (ej. El DA dice que la categori´a es AOVE y el comprador dice que es AOV) *b) En el caso en el que rechace la mercancia.

RkJQdWJsaXNoZXIy Njg1MjYx