HC358 - horticultura

FRUTICULTURA 22 basarnos en la relación existente entre la concentración, la dosis por superficie de cultivo y el volumen de caldo: Dosis (kg o L/ha) = concentración (%) * Volumen de caldo (L/ha) / 100 [2] Si la concentración se mantiene constante, a medida que disminuye el volumen de caldo, también lo hace la dosis de forma directamente proporcional. En plantaciones intensivas adultas, el sistema DOSA3D establece volúmenes de caldo entre 200 y 800 L/ha (mínimo 100 L/ha por metro de altura de la copa). Únicamente en el tratamiento contra ácaros o pulgones, psila del peral y oídio o monília en frutales de hueso, el volumen de caldo puede exceder los 1000 L/ha. Para prevenir posibles infradosificaciones, desde el inicio hasta el final de la campaña, proponemos determinar la concentración de la mezcla en el depósito (%) siguiendo la denominada vía verde. Para ello, se presuponen 1000 L/ha como volumen de referencia, siendo esta cantidad la normalmente empleada en los ensayos de evaluación de productos previos a su registro. La Figura 5 ejemplariza la vía verde de un producto cuya ficha técnica y etiqueta establecen la concentración y la dosis máxima, sin referencia alguna al volumen de caldo. La dosis mínima a aplicar (0,1 L/ha) se calcula mediante la expresión [2] a partir de la concentración mínima y el volumen de referencia. La concentración para los distintos volúmenes de caldo viene establecida a lo largo de la vía verde, siendo 0,020% su valor mínimo para el caso excepcional de volúmenes iguales o superiores a 1000 L/ha y su valor máximo 0,050% para un volumen de 200 L/ha. Para el rango de volúmenes aplicados durante el desarrollo vegetativo, 400-800 L/ha, la concentración debe ser 0,025%. De forma distinta, en la Figura 6 se ejemplifica un formulado cuya dosis viene expresada en un rango por unidad de superficie de cultivo (kg/ha). En este caso, de acuerdo nuevamente con la expresión [2], a partir del volumen máximo admitido por el registro (1500 L/ha) y la dosis máxima (0,75 L/ha), deducimos la concentración (0,050%) a la que se realizarán los tratamientos. Esta concentración se mantendrá para todos los volúmenes de caldo empleados a lo largo de la campaña. La dosis máxima autorizada no se verá excedida en ningún caso y la dosis mínima se aplicará al inicio de la campaña en el caso de que se trate a un volumen de 300 L/ha. Con independencia del sistema de expresión, si la ficha técnica o la etiqueta fijan una dosis mínima, se respetará esta condición, por lo que, al cruzar la vía verde su horizontal, se mantendrá siempre esta dosis en todos los tratamientos con un volumen de caldo igual o inferior al del punto de corte. DOSIS EN EL CUADERNO DE EXPLOTACIÓN En el modelo de cuaderno de explotación propuesto por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se debe informar el producto fitosanitario aplicado (nombre comercial y registro), juntamente con la dosis por Figura 5. Vía verde de un producto cuya ficha técnica indica la concentración del caldo (0,010-0,020%) y la dosis máxima de 0,20 L/ha. En fondo verde, aparece la zona preferente de trabajo del sistema DOSA3D. Figura 6. Vía verde de un producto cuya ficha técnica y etiqueta indica dosis por superficie (0,20-0,075 L/ha) y volumen de caldo (500-1500 L/ha). En fondo verde, aparece la zona preferente de trabajo del sistema DOSA3D.

RkJQdWJsaXNoZXIy Njg1MjYx