Gaceta de la Protección Laboral - GP113

45 ESCALERAS PORTÁTILES LA NORMA EN131 El uso profesional y/o domestico no implica que la escalera cumpla o no la EN131. Al cumplir la norma europea UNI EN131 (que no es de obligado cumplimiento) el fabricante debe poder poner el sello distintivo solo sobre aquellas escaleras que han superado el test y que cumplen con las dimensiones previstas en la norma europea (tanto sobre el producto en su etiqueta identificativa como sobre los catálogos). Las últimas versiones de la norma europea UNI EN131 son mucho más exigentes que las antiguas; por ello es imprescindible fijarse en la fecha de la expedición de los certificados por los laboratorios o entidades certificadoras. La norma actual en vigor es laUNI EN1312015 (entró en vigor el 1 de enerode 2018). ANALICEMOS CÓMO ESTÁ LA LEGISLACIÓN Y QUÉ DICE Las escaleras demano no están sujetas al R.D. 1644/2008, del 10 de octubre por el que se establecen las normas de comercialización y puesta en servicio de las máquinas. No deben llevar el marcado CE y de hecho no está permitido que lo lleven ya que tienen su propia normativa específica UNI EN131 que regula y especifica los requisitos que deben cumplir las escaleras de mano en el ámbito profesional y doméstico. El Real Decreto 2177/2004 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura, en su Anexo, punto 4.1.1 indica: “Se elegirán los equipos de trabajomás apropiados para garantizar y mantener unas condiciones de trabajo seguras, teniendo en cuenta, en particular, que deberá darse prioridad a las medidas de protección colectivas frente a las medidas de protección individual y que la elección no podrá subordinarse a criterios económicos”. También, este R.D indica que la elección efectuada del medio se habrá realizado en función de la frecuencia de circulación, altura a la que se debe subir y la duración del uso. Afortunadamente este R.D. puntualiza que “la utilización de una escalera de mano como puesto de trabajo en altura deberá limitarse a las circunstancias, que habida cuenta de lo dispuesto en el apartado 4.1.1 dictamina que la utilización de otros equipos de trabajomás seguro no esté justificada por el bajo nivel de riesgo y por las características de los emplazamientos que el empresario no pueda modificar”. En el año 2013, muy posterior al RD 2177/2004 en vigor, la normativa europea UNI EN131 elaborada por el Comité EuropeodeNormalizaciónCEN/CENELEC publicó una nueva parte UNI EN131-7 específica para escaleras móviles con plataforma, en la que se definen los test, las dimensiones y alturas máximas aplicables para este modelo de escaleras unipersonales y con capacidad máxima de 150 kg, como todas las escaleras de mano. Son escaleras pensadas como puestos de trabajo seguros, autoestables y por tanto con estabilizadores obligatorios y que incorporan medidas de protección colectiva (barandillas perimetrales y zócalos de protección de plataforma de trabajo). ANALICEMOS AHORA LA NORMATIVA ESPECÍFICA DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN EN NUESTRO PAÍS Disposición 10951 del BOE núm. 232 de 2017 (fundacionlaboral.org) 1. Con respecto a la comercialización de las escaleras de mano, y de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, de Seguridad general de los productos, se considera que una escalera de mano es segura cuando cumpla las disposiciones normativas de obligado cumplimiento que fijen los requisitos de seguridad y salud. 2. En los aspectos de dichas disposiciones normativas regulados por normas técnicas que sean transposición de una norma europea armonizada, se presumirá que también una escalera de mano es segura cuando sea conforme a tales normas. 3. Cuando no exista disposición normativa de obligado cumplimiento aplicable, o esta no cubra todos los riesgos o categorías de riesgos de la escalera de mano, para evaluar su seguridad garantizando siempre el nivel de seguridad, se tendrán en cuenta los siguientes elementos: Plataforma con guardacuerpos de seguridad para trabajar en la parte superior de la escalera.

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