FY59 - FuturEnergy

El cambio regulatorio experimentado en nuestro país por el binomio RD 244/2019 – RD 15/2018 pone de manifiesto básicamente dos aspectos fundamentales: el primero, los beneficios intrínsecos del autoconsumo fotovoltaico; el segundo, el gran abanico de posibilidades legales que se abren para los ciudadanos, empresas y administraciones públicas que tengan decidido autoproducir su propia energía. Veamos el primer punto. Los beneficios y características propias del autoconsumo fotovoltaico, entre otras, pueden estructurarse de la siguiente manera: • El autoconsumo es, según el IDAE, “una pieza clave del cambio de modelo energético”. • El autoconsumo tiene la capacidad de situar al ciudadano en el centro del modelo energético: pueden generar, almacenar, compartir y consumir su propia energía y venderla al mercado. • Es una alternativa real y viable ya, a día de hoy, a la generación energética convencional dada la disminución exponencial y rapidísima de los costes de las tecnologías de generación renovable (especialmente la fotovoltaica) así como del almacenamiento (baterías de litio, entre otras). • Es una herramienta que acelera la instalación de nueva capacidad renovable sin competir necesariamente con el desarrollo de parques dedicados de generación. • Familias, empresas y administración pública movilizan sus recursos económicos y se genera nueva inversión por parte de unos actores que, en otra situación, no participarían del sistema eléctrico. • La superficie potencial destinada a la energía renovable queda ampliada exponencialmente porque las placas fotovoltaicas quedan instaladas en espacios sin un uso específico previo, como cubiertas y tejados. • El autoconsumo acerca la generación al consumo y, en consecuencia, contribuye a reducir las pérdidas de energía. Es un valor añadido al sistema y fomenta el consumo de energía de km 0. • El autoconsumo permite adaptar el consumo a la generación gracias a lamonitorización de la producción energética y a los sistemas de información de que disfruta el consumidor. De esta manera el usuario ve facilitada la comprensión de sus usos energéticos y de sus necesidades. Con el segundo aspecto profundizaremos en algunas de las novedades más importantes del RD 244/2019: • Define al autoconsumo como consumo de energía eléctrica por parte de uno o varios consumidores The regulatory change experienced in Spain as a result of the combined effects of Royal Decrees 244/2019 and 15/2018 basically demonstrates two fundamental aspects: firstly, the intrinsic benefits of PV self-consumption; and secondly, the wide range of legal possibilities that are opening up for residents, companies and public administrations alike that have decided to produce their own energy. Taking the first aspect, the benefits and characteristics inherent to PV self-consumption, among others, can be structured as follows: • According to the IDAE, self-consumption is “a key element of the change in energy model”. • Self-consumption has the ability to position the citizen at the centre of the energy model: they can generate, store, share and consume their own energy and sell it to the market. • It is already a real and viable alternative today to conventional power generation, given the exponential and accelerated reduction in the costs of renewable generation (especially PV), as well as storage (such as lithium batteries) technologies. • It is a tool that accelerates the installation of new renewable capacity without necessarily competing with the development of specific power plants. • Families, companies and the public administration mobilise their economic resources and new investment is generated by agents that, under different circumstances, would not normally participate in the electrical system. AUTOCONSUMO FOTOVOLTAICO RESIDENCIAL, UNA GRAN SOLUCIÓN ENERGÉTICA AL ALCANCE DE LA SOCIEDAD El pasado 5 de abril por fin vio la luz el RD 244/2019 por el cual se establece el nuevo marco regulatorio de autoconsumo en España. Estamos ante un escenario legal que define y regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. La aprobación y puesta en marcha de este RD supone un paso más allá del anterior RD 15/2018 –el que derogó el impuesto al sol- y un paso de gigante respecto al RD 900/2015. Podemos afirmar que a partir de esta base regulatoria España se sitúa de nuevo en la línea de salida de países europeos que apuestan decididamente por impulsar las renovables y, en concreto, el autoconsumo fotovoltaico. Un lugar del que nunca debió salir. RESIDENTIAL PV SELFCONSUMPTION, A MAJOR ENERGY SOLUTION WITHIN THE REACH OF SOCIETY Last 5 April, Royal Decree 244/2019was finally approved, establishing the new regulatory framework for selfconsumption in Spain.We are facing a legal scenario that defines and regulates the administrative, technical and economic conditions for the self-consumption of electrical power. The approval and implementation of this legislation goes one step further than the previous Royal Decree 15/2018, which repealed the ‘sun tax’, and represents major progress as opposed to Royal Decree 900/2015.We can confirm that with this regulatory basis, Spain once again joins the starting line-up of European countries that are firmly committed to stimulating renewables and, specifically, PV self-consumption - a position that Spain should never again relinquish. Fotovoltaica. Autoconsumo | PV. Self-Consumption FuturEnergy | Abril April 2019 www.futurenergyweb.es 87

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