51 REUTILIZACIÓN/NORMATIVA Con esta norma se potenciará la reutilización de las aguas a través de la obligatoriedad de elaboración de planes de fomento de reutilización de aguas asociado a usos urbanos “El Reglamento”, aseguran las mismas fuentes, “se ha elaborado con un profundo trabajo técnico consensuado con todos los agentes implicados. Gracias a esta normativa se garantiza la seguridad en el empleo del agua regenerada, puesto que toda la utilización del agua regenerada estará sometida a los contenidos de los planes de gestión del riesgo del agua regenerada y las autoridades sanitarias y organismos de cuenca velarán por su correcto uso”. Con esta norma, fruto de la experiencia acumulada, se potenciará la reutilización de las aguas a través de la obligatoriedad de elaboración de planes de fomento de reutilización de aguas asociado a usos urbanos. “También, la reutilización del agua a través de incentivos económicos como subvenciones o exenciones de la tarifa de utilización del agua asociados a la sustitución de recursos hídricos naturales por aguas regeneradas para la mejora del estado cuantitativo de los mismos. Todo, en el marco de la planificación hidrológica, esperando en los próximos años poder duplicar el uso del agua regenerada en España”, concluye la nota de prensa.n
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