FO106 - FuturEnviro

13 LEGISLACIÓN/TRÁMITES Los propietarios de fincas donde en el pasado se haya desarrollado alguna actividad potencialmente contaminante del suelo, tendrán que presentar un informe de situación (IS). residuos peligrosos no se tiene que presentar. También es conveniente confirmarlo previamente en cada caso en la web correspondiente de cada comunidad autónoma. Memoria anual de gestores de residuos Los gestores de residuos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados, deberán presentar la Memoria Anual de Gestión de Residuos también antes del 1 de marzo. El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del órgano ambiental de la comunidad autónoma o en el registro general, según cada caso. En Andalucia este trámite debe realizarse antes del 29 de febrero, y en Cataluña antes del 31 de marzo. Información anual sobre envases puestos en el mercado Tras la entrada en vigor del RD 1055/2022, los productores de productos envasados deben registrarse en el Registro de Productores de Producto - Sección envases habilitado en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD). A partir de este año, la Información Anual de Envases se deberá presentar a través de la Sede Electrónica del MITERD, antes del 31 de marzo. Además, si se está adherido a un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP), se ha de informar al mismo antes del 29 de febrero. Planes empresariales de prevención y ecodiseño de envases (PEPE) En virtud de lo recogido en el RD 1055/2022, los productores de productos que, a lo largo de un año natural, introduzcan en el mercado una cantidad de envases igual o superior a las siguientes cantidades, están obligados a aplicar un plan empresarial de prevención y ecodiseño con carácter quinquenal: • 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio • 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero • 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio • 20 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico • 20 toneladas, si se trata exclusivamente de madera • 15 toneladas, si se trata exclusivamente de cartón o materiales compuestos • 300 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades Los productores de producto tienen que aplicar estos planes a partir del año siguiente en el que superen estos umbrales, por tanto los primeros planes a elaborar serán 2024-2028.

RkJQdWJsaXNoZXIy Njg1MjYx