56 RESIDUOS DE ENVASES/LEGISLACIÓN El ámbito de aplicación de dicho Real Decreto es casi total en el ámbito empresarial, ya que la mayoría de las empresas utilizan envases (de cualquier tipo de material: plástico, madera, metal, papel-cartón…) para su proceso productivo, comercial y/o logístico. Con la entrada en vigor de dicho Real Decreto, resumidamente las empresas deben darse de alta en el registro, crear un SIRAP o adherirse a un SCRAP (todavía en periodo de constitución, previsto en 2024) y realizar, durante el año 2023, la declaración de los envases puestos en el mercado en los periodos 2021 (ampliado el plazo de declaración por medio de un periodo extraordinario para incluir nuevas declaraciones y modificación de las realizadas, entre el 1 de noviembre y el 30 de noviembre de 2023) y de 2022 (ampliado el plazo de declaración por medio de un periodo extraordinario para incluir nuevas declaraciones y modificación de las realizadas, entre el 1 diciembre y el 31 de diciembre de 2023), a través de la plataforma del MITERD (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico). El Real Decreto es aplicable a todos los envases y sus residuos puestos en el mercado, en el territorio del Estado, con independencia de que su origen sea la industria, comercio, oficinas, establecimientos comerciales, servicios o Ampliación de plazos y recordatorio de los requisitos del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases Tras más de casi un año desde la publicación del Real Decreto 1055/2022, Deplan considera necesario realizar una revisión y actualización de éste.
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