sobre un artículo en concreto o plantear sus dudas a nuestros consultores jurídicos de Ejaso ETL Global, ponemos a su disposición el e-mail: redaccion_estaciones@interempresas.net PARA OBTENER MÁS INFORMACIÓN CONSULTORIO JURÍDICO ¿CÓMO GESTIONAR LAS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS CON LA NUEVA LEGISLACIÓN? PREGUNTA: Soy propietario de una estación de servicio, la exploto mediante una sociedad. Estoy teniendo problemas con un proveedor y me temo que va a querer demandarme, a mí o a la sociedad. Un conocido mío me ha comentado que hay cambios legales relacionados con la digitalización de la justicia que afectan a las empresas, pero no me ha sabido concretar. ¿Me pueden aclarar si debo tener especial cuidado con algo en concreto? RESPUESTA: Efectivamente, hace poco, se ha aprobado una norma (técnicamente se conoce como Real Decreto-ley 6/2023 o RDL 6/2023) que, entre otras cosas, ha traído novedades al sistema público de justicia y a los procedimientos judiciales. Una de las reformas procesales más importantes y que está relacionada con el caso que nos plantea, es que las empresas, desde el pasado 20 de marzo, van a recibir notificaciones judiciales por medios electrónicos. Esas notificaciones electrónicas incluyen el aviso de una eventual demanda de su proveedor contra su sociedad. Esto ha sido una novedad relevante, ya que, hasta ahora la demanda iniciadora de un procedimiento sólo podía ser notificada física y personalmente en un domicilio y no por medios electrónicos. La posibilidad de esta primera notificación a las empresas por medios telemáticos obliga a que, a partir de ahora, tengan que estar muy atentos a posibles notificaciones que se le hagan por esta vía. Aunque probablemente los datos de su sociedad ya figuren en los sistemas de la Administración por las relaciones que, hasta ahora, haya tenido con ella, sería altamente recomendable que se registrara adecuadamente, por medio del certificado digital de su empresa, en la página web DEHú (Dirección Electrónica Habilitada única), que es la herramienta que ha facilitado la Administración para permitir el acceso a las notificaciones y comunicaciones. Se trata de confirmar que el correo electrónico que le conste a la Administración esté actualizado. Igualmente, cada Comunidad Autónoma está implantando sistemas equivalentes, por lo que sería conveniente darse de alta y configurar adecuadamente las notificaciones electrónicas en las Sedes Judiciales Electrónicas correspondientes. Página web del DEHú (Dirección Electrónica Habilitada única). Sede Judicial Electrónica de Andalucía. Usted no nos indica desde donde nos escribe, pero, por ejemplo, Andalucía tiene una Sede Judicial Electrónica a la que se puede aa través de este QR: 48 CARBURANTE
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