ES385 - Estaciones de Servicio

43 NUEVAS ENERGÍAS MARCO DE CRISIS Y TRANSICIÓN El marco temporal de crisis y transición, en su versión modificada, prevé la posibilidad de que los Estados miembros concedan los tipos de ayudas siguientes: Importes limitados de ayuda (sección 2.1.), en cualquier forma y hasta el 30 de junio de 2024, para las empresas afectadas por la crisis actual o por las consiguientes sanciones y contrasanciones hasta el importe incrementado de 280 000 euros y 335 000 euros en los sectores de la agricultura y de la pesca y acuicultura, respectivamente, y de hasta 2,25 millones de euros en los demás sectores. Apoyo a la liquidez en forma de garantías estatales y préstamos bonificados (secciones 2.2. y 2.3). En casos excepcionales y con sujeción a estrictas salvaguardias, los Estados miembros podrán proporcionar a los servicios públicos de suministro de energía para sus actividades de negociación garantías públicas que superen el 90 % de la cobertura, cuando se ofrezcan como garantía financiera sin financiación a entidades de contrapartida central o miembros compensadores. Estas secciones solo son aplicables hasta el 31 de diciembre de 2023 y no han sido modificadas. Ayudas para compensar los elevados precios de la energía (sección 2.4). Las ayudas, que podrán concederse en cualquier forma, en principio hasta junio de 2024, compensarán parcialmente a las empresas, y en particular a las grandes consumidoras de energía, por los costes adicionales derivados de las subidas excepcionales de los precios del gas y de la electricidad. Las ayudas concretas podrán calcularse basándose en el consumo pasado o en el consumo actual, teniendo en cuenta la necesidad de mantener intactos los incentivos de mercado para la reducción del consumo de energía y de garantizar la continuidad de las actividades económicas. Además, los Estados miembros podrán prestar apoyo de forma flexible, también a los sectores de gran consumo de energía especialmente afectados, con sujeción a salvaguardias para evitar una compensación excesiva e incentivar la reducción de la huella de carbono en caso de importes de ayuda superiores a 50 millones de euros. También se invita a los Estados miembros a estudiar, de manera no discriminatoria, el establecimiento de requisitos relacionados con la protección del medio ambiente o la seguridad del suministro. Puede consultarse aquí más información sobre las posibilidades de ayuda por los elevados precios de la energía, incluida la metodología para calcular los importes de las ayudas individuales. La Comisión Europea ha llegado a la conclusión de que el régimen español es “necesario, adecuado y proporcionado” para acelerar la transición ecológica.

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