CONSULTORIO JURÍDICO C M Y CM MY CY CMY K sobre un artículo en concreto o plantear sus dudas a nuestros consultores jurídicos de Ejaso ETL Global, ponemos a su disposición el e-mail: redaccion_estaciones@interempresas.net PARA OBTENER MÁS INFORMACIÓN 40 CARBURANTE Mercantil, siendo éste el documento que acredita que la denominación escogida no ha sido registrada por otra sociedad con anterioridad. En segundo lugar, se debe contar con un capital social mínimo de al menos tres mil euros. Este desembolso puede realizarse en dinero en efectivo, o bien, en bienes muebles (ordenadores, maquinaria, herramientas, etc.) o bienes inmuebles (locales, un edificio…) que tengan un valor igual o superior a tres mil euros. En caso de un desembolso en efectivo, el mismo suele consignarse en una cuenta bancaria a abrir a nombre de la nueva sociedad, previa presentación, a la entidad bancaria, del referido certificado negativo de denominación social. No obstante, tras una reforma legal del año 2018 ya no se exige al socio fundador justificar la realidad del ingreso del capital social en la cuenta bancaria de la sociedad en constitución. Desde entonces basta con una manifestación ante notario y que conste en la escritura de constitución por la que el socio fundador asegura que el desembolso del capital social se ha realizado y que responderá frente a la sociedad y frente a los acreedores sociales de la realidad de la aportación del capital social. ¿AUTÓNOMOO SOCIEDAD LIMITADAUNIPERSONAL? ANÁLISIS DE LADISYUNTIVA PREGUNTA: Exploto mi estación de servicio como autónomo y actualmente estoy pasando por dificultades económicas. Varias personas me han recomendado que explote la estación constituyendo una sociedad limitada unipersonal. A este respecto, me surgen varias dudas: ¿qué supone constituir tal sociedad y qué requisitos legales tengo que cumplir para poder constituir la sociedad? Del mismo modo, ¿qué ventajas tiene la sociedad limitada unipersonal frente al autónomo? Además, estoy casado en régimen de gananciales. En el caso de que constituya la sociedad, ¿necesitaría la firma de mi mujer? Ejaso ETL Global RESPUESTA: De entrada, queremos hacerle saber que la sociedad limitada unipersonal (o también SLU), es una opción cada vez más frecuente y común en pequeños negocios. Parte de lamisma forma jurídica que la sociedad limitada, si bien tiene una diferencia: la sociedad limitada unipersonal está constituida por un único socio, el cual es propietario de todo el capital social. Su principal característica es que su único socio limita su responsabilidad frente a terceros y acreedores hasta la cantidad que haya aportado al capital social. De esta forma, la SLU es una figura que va a permitir proteger el patrimonio personal e individual de la persona que dirige la sociedad. En este sentido, para poder constituir una sociedad limitada unipersonal la legislación española impone una serie de requisitos y trámites legales entre los que podemos destacar, por su relevancia, los siguientes. En primer lugar, como todas las sociedades, también la SLU ha de contar con una denominación social que no debe coincidir con ninguna que se encuentre debidamente registrada en el Registro Mercantil. Es preciso contar con el certificado negativo de denominación social, emitido por el Registro
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