12 LEGISLACIÓN RESPONSABILIDAD AMPLIADA DE PRODUCTOR Por otro lado, se ha revisado la regulación marco de la responsabilidad ampliada del productor en coherencia con la normativa comunitaria, para garantizar que los productores de productos asuman la responsabilidad financiera y organizativa de la gestión de los residuos. La nueva Ley de Residuos introduce las previsiones de desarrollo de la responsabilidad ampliada del productor para los textiles, los muebles y enseres y los plásticos de uso agrario en el plazo de 3 años desde su entrada en vigor, así como para otros productos de plástico como los del tabaco. Con esta regulación se pretende dar cobertura a distintas iniciativas que están surgiendo en estos sectores, y también servirá para dar respuesta a las importantes deficiencias encontradas en la gestión de los residuos generados por estos productos y los problemas ambientales asociados a ello, siguiendo así las recomendaciones de la Comisión Europea, que considera que la implantación de un sistema de responsabilidad ampliada del productor es un instrumento clave para la mejora de la gestión de estos residuos y la aplicación del principio de jerarquía. MÁS TRANSPARENCIA EN LA TRAZABILIDAD También destaca el refuerzo de las medidas relacionadas con la obtención de la información sobre la generación y gestión de los residuos, de manera que se garantice la trazabilidad desde que el residuo se genera hasta su completo tratamiento, y que se mejore la información disponible sobre la situación de la gestión de los residuos. Estas medidas de mejora de la información abarcan también a los regímenes de responsabilidad ampliada del productor, de manera que se garantice la disposición por parte de las administraciones de toda la información necesaria para verificar el correcto funcionamiento de estos regímenes, asegurando así una mayor transparencia de este instrumento. PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LEY Entre las novedades de la nueva normativa también se encuentra la revisión del régimen sancionador, que incluye nuevas infracciones, como el abandono de basura dispersa (littering) o la quema no autorizada de residuos agrarios y silvícolas, y el no establecimiento de recogidas separadas. Por otro lado, también incluye una disposición específica sobre el amianto, que obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto con un calendario para su retirada. Además, la ley revisa los procedimientos de declaración de subproducto y de fin de condición de residuo, habilitando la posibilidad de desarrollo a nivel autonómico para agilizar la transición hacia la economía circular. Del mismo modo, se establece que las entidades locales deberán aprobar ordenanzas municipales que permitan lograr los objetivos fijados en la ley y tendrán que establecer tasas diferenciadas que tengan en cuenta el coste real de las operaciones de gestión de residuos realizadas y que permitan implantar sistemas de pago por generación. FISCALIDAD VERDE Por último, con el ánimo de avanzar hacia la economía circular, se introduce en la ley otro instrumento económico, además del impuesto a los envases de plástico no reutilizables, en la forma de medida fiscal que mejorarán la aplicación de la jerarquía de residuos. Ambos instrumentos entrarán en vigor en 2023. En concreto, se establece un impuesto al depósito de residuos en vertedero, la incineración y la coincineración, con el fin de cambiar la gestión de los residuos, en especial, los residuos municipales en España, de forma que se disminuya el uso de estas operaciones de tratamiento menos favorables según el principio de jerarquía de residuos, y de lograr mayores avances en los objetivos de reciclado establecidos. Este impuesto se configura como cedido a las comunidades autónomas, que tendrán competencias para su gestión, las cuales podrán dedicar los ingresos a la política de residuos. REGULACIÓN DE LOS SUELOS CONTAMINADOS La ley contiene también la regulación de los suelos contaminados, manteniéndose el anterior régimen jurídico en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes, al procedimiento de declaración, a los inventarios de suelos contaminados y a la determinación de los sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de los suelos. Como novedad, se ha incluido la creación del Inventario Nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados, que será alimentado por los registros autonómicos, y relaciona ciertos aspectos del procedimiento de declaración de suelos contaminados y su descontaminación. El abandono de basura dispersa o la quema no autorizada de residuos agrarios y silvícolas serán penalizados.
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