EP27 - Enviropres

11 LEGISLACIÓN locales. En el caso de residuos textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos, su recogida separada deberá estar implantada a partir de 2025. En la medida de lo posible los modelos de recogida de estas fracciones deberán ser más eficientes, priorizando modelos como ‘el puerta a puerta’ o el uso de contenedores cerrados o inteligentes. Para las recogidas de residuos textiles y voluminosos, la ley prevé una reserva de contratos de las administraciones públicas del 50% para las entidades de economía social autorizadas para la gestión de los residuos. LIMITACIONES A PLÁSTICOS DE UN SOLO USO En relación con los plásticos de un solo uso, la Ley hace una apuesta decidida por una serie demedidas diferentes en función de las posibilidades de sustitución y las alternativas existentes. Estas medidas van desde la reducción, la sensibilización, el marcado y el ecodiseño, hasta el uso de instrumentos económicos como la responsabilidad ampliada del productor, llegando incluso a la restricción para determinados productos de plástico como cubiertos, platos o pajitas, entre otros. Así, y en relación con los objetivos comunitarios de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso, la ley prevé evaluar su grado de cumplimiento en 2023 y 2027, de forma que, si no se cumplen los objetivos fijados para esos años, 70% y 85% respectivamente, se deberá implantar un sistema de depósito, devolución y retorno en el plazo de dos años, pudiendo quedar afectados otros envases además de las botellas de plástico. Además, se introduce también un impuesto estatal a los envases de plástico no reutilizables para avanzar en prevención y en la reducción de su uso en el territorio español, impulsando así las primeras opciones de la jerarquía de residuos. El nuevo marco legislativo establece diferentes escenarios para los plásticos según las posibilidades de sustitución y las alternativas existentes.

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