EP25 - Enviropres

DERECHO AMBIENTAL 52 al sistema de RAP, a diferencia de otros residuos como envases ligeros y papel-cartón, envases de vidrio, enva- ses de productos agrarios y productos fitosanitarios o de medicamentos. Aun así, alguna gran empresa del sector ha establecido puntos de depósito para posteriormente encargarse de la gestión del residuo. La valorización del residuo que gene- ran las cápsulas de café depende de la responsabilidad que decida asumir la empresa y en última ins- tancia del consumidor final, que es quién decide si llevarla al punto de depósito o no. También hay que tener en cuenta que cuando el consumi- dor compra las cápsulas de café difícilmente tendrá claro si el tipo de cápsula se considera un envase o no, y el contenedor en el que se debe depositar este residuo. La jerarquía de residuos (art. 8 de la Ley de residuos y suelos contamina- dos) prioriza la prevención del residuo al reciclado y a la valorización, lo cual exige el desarrollo de diseños ecológi- cos a través de las mejores prácticas disponibles. Esta exigencia se torna más evidente con la aprobación de la Directiva 2019/904 relativa a la reduc- ción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, que prohibirá la venta de plásticos de un solo uso a más tardar en 2023. ¿Cómo afectará esta Directiva a las cápsulas de café? La Directiva va dirigida principalmente a aquellos envases de un solo uso que se encuentran habitualmente en las playas de los estados miembros. De momento, la Directiva 2019/904 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente no incluye las cápsulas de café en su ámbito de aplicación. A nivel autonómico, las Islas Baleares ha sido pionera en la regulación de envases de un solo uso mediante su Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados. Esta norma establece restricción a los enva- ses de un sólo uso y a las cápsulas de café que “tendrán que ser fabricadas con materiales compostables o bien fácilmente reciclables, orgánica o mecánicamente” (art. 23.1.f) de la Ley de residuos y suelos contaminados). En cualquier caso, todo apunta a que tarde o temprano el negocio de las cápsulas de café tendrá que adaptarse a un sistema más sostenible como están haciendo otros países como Holanda. HOLANDA APUESTA POR LAS MONODOSIS DE CAFÉ Y LAS BOLSAS DE TÉ EN DETRIMENTO DE LAS CÁPSULAS DE CAFÉ Holanda ha aprobado el Pacto Verde para las monodosis de café y bolsas de té en residuos orgánicos, un ejem- plo de cómo las empresas a través de la cooperación podrían avanzar hacia la gestión más sostenible de

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