EP24 - Enviropres

DERECHO AMBIENTAL 60 Todo ello se llevará a cabo a través de las áreas de especialización regionales, enlazadas con las instancias fiscales sub-regionales (cuando sea el caso) y que deberán reportar oficialmente cada año acerca de los casos. A su vez, se establece que sería ventajoso organizar un sistema de comunicación con los medios de información, con el fin de sensibilizar a los ciudadanos sobre los asuntos ambientales loca- les, exponiéndoles concretamente la acción judicial que se está desempe- ñando en la materia. Una política penal dinámica y coordinada Las áreas de especialización regiona- les ambientales (PRE) organizarán un encuentro anual que reunirá a todos los agentes encargados de la lucha contra los delitos ambientales. Esta reunión permitirá actualizar la problemática ambiental, presentar la política penal aplicada en la jurisdicción regional y elaborar la evaluación y las perspectivas de las principales acciones realizadas en la jurisdicción, tanto a nivel local como regional. Las grandes acciones estraté- gicas que se decidan, se llevarán a cabo a nivel de los departamentos (circuns- cripciones territoriales subregionales de Francia parecidas a las provincias), en el marco de una coordinación reforzada de los actores encargados de la policía ambiental administrativa y judicial. Además, con la nueva Ley nº 2020-1672, de 24 de diciembre de 2020, los funcionarios y agentes encargados de la policía administrativa y la judicial podrán intercambiar espontáneamente informaciones y documentos necesarios en sus controles e investigaciones, sin ningún obstáculo al secreto profesional y, por tanto, a la investigación a la que están obligados. Una policía forense ambiental reforzada La remisión a funcionarios y agentes autorizados debe considerarse, en la medida de lo posible, en el contexto de las investigaciones. De forma comple- mentaria, la formación de estos cuerpos puede ser consolidada en el marco de acciones formativas, como ya se ha hecho en determinadas jurisdicciones. Sin embargo, cuando se trate de una investigación conjunta con la policía o la gendarmería, a éstos se les permite conservar todas las prerrogativas judi- ciales, garantizando, al mismo tiempo, un marco de intercambio espontáneo de informaciones y documentos de procedimientos con el otro servicio de investigación con el que se esté trabajando. Acciones de los servicios policiales Para reforzar la policía en materia ambiental, la gendarmería nacional puso enmarcha en 2019 una formación de 'investigador de daños ambienta- les y a la salud pública'. Hasta hoy se han formado unos 350 agentes y para el 2024 se quieren alcanzar los 700 repartidos por todo el territorio francés. La oficina central de lucha contra los daños ambientales y a la salud pública, la OCLAESP, se compone ahoramismo de 108 investigadores con amplia capacidad competencial para inves- tigar dichos daños. Su oficina se ha desplegado desde 2020 en 4 áreas geográficas, tanto en Francia como en los territorios de ultramar (Marsella, Metz, Burdeos y Cayenne), y se prevé su desarrollo en Lyon, Rennes y La Réunion en verano de 2021, y en Lille y el Pacífico en 2022, lo que supondrá un total de 150 investigadores. Respecto a la respuesta penal: lograr más efectividad y legibilidad Ante la preocupación social generada por los impactos ambientales, la res- puesta penal, además de ser efectiva en términos de sanción y reparación del perjuicio causado, ha de ser com- prensible para la ciudadanía. A su vez, la utilización del instrumento penal ha de tener un carácter pre- ventivo a los efectos de evitar nuevas infracciones. Con este fin: • La autoridad judicial debe esforzarse, en el marco de los procedimientos de los que es responsable, en procurar sistemáticamente el restablecimiento del medio ambiente en el que se ha producido el daño, encolaboración, en sucaso, con la autoridadadministrativa que haya realizado la inspección inicial y que haya podido iniciar el segui- miento administrativo. Sin embargo, la investigación para esta restauración no debe conducir a un retraso inde- bido en los procedimientos. Alargarlos podría conducir a un debilitamiento del sentido de la respuesta penal.

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