EP23 - Enviropres
15 LEGISLACIÓN RESIDUOS Esta nueva legislación está afectando directamente a los operadores de plantas de tratamiento que proce- sen residuos domésticos, pero, sobre todo, la novedad es la que afecta a las empresas de tratamiento de meta- les y plásticos que procesan RAEES, uno de los pocos flujos de residuos que, en términos per cápita, está en constante aumento. Gracias a esta nueva legislación son ya muchas las plantas que se están creando para el correcto tratamiento de este tipo de materiales contribuyendo así a eliminar el tráfico ilegal de residuos electróni- cos o RAEES que se venía haciendo a países en desarrollo o con economías en transición. Con la nueva enmienda, para exportar este tipo de residuos, los operadores tendrán que seguir un procedimiento detallado de Consentimiento Fundamentado Previo (CFP), según el cual los materiales requieren dicho consentimiento previo tanto del país exportador como del importador. Las enmiendas al Convenio de Basilea sobre residuos plásticos afectarán, sin duda, a los operadores que actual- mente dependen de los mercados de exportación. Y es que el proceso de obtención de la conformidad podría provocar retrasos de hasta varios meses en las exportaciones. Asimismo, los operadores de residuos podrían encontrarse con que tienen que almacenar grandes volúmenes de residuos en sus plantas mientras esperan recibir el CFP. Por otro lado, si los operadores no cumplen los requi- sitos, su material puede ser devuelto a cargo del exportador o puede haber retrasos en el envío del material si se detiene durante el tránsito. También, en algunos casos, si no se cumplen los requisitos, las autoridades del país de destino pueden tomar medidas formales, entre las que se incluyen sanciones económicas. Si bien, aunque para la mayoría de los plásticos mixtos es necesario el consentimiento informado previo, hay algunas excepciones, como los llama- dos residuos de la “Lista verde”, que pueden ser exportados sin el CFP. En esta categoría se encuentran: plásticos destinados a operaciones de reciclaje compuestos, casi en su totalidad, por un tipo de plástico, así como las mez- clas de polipropileno (PP), polietileno (PE) y polietilentereftalato (PET), que se destinan al reciclaje por separado. El resto de las exportaciones e impor- taciones de residuos plásticos deben ser notificadas y recibir el consenti- miento de exportación antes de su traslado. Con estos cambios y la tecnología actual de clasificación de plásticos, la industria está cambiando ya que los actuales avances en la tecnología de clasificación automatizada permiten alcanzar resultados de pureza excep- cionales. Y es que para el correcto reciclaje de RAEES, resulta clave una correcta clasificación del PP, PS y ABS, todos ellos plásticos habituales en los residuos electrónicos. Así, con la com- binación adecuada de tecnología de clasificación, es posible alcanzar nive- les de pureza de más del 99,99% en flujos de polímeros individuales que antes resultaban inviables. Este material no sólo podrá enviarse a otros países sin consentimiento previo, sino que, también, tendrá un precio de mercado mucho más alto que el de los plásticos mezclados. En defi- nitiva: hay razones tanto comerciales como legislativas para separar y clasi- ficar los plásticos mezclados en flujos individuales. EL CHINA BAN, LA DECISIÓN DE CHINA DE PROHIBIR LA IMPORTACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS La prohibición de China de importar residuos sólidos, incluidos plásticos, productos de papel y textiles, es otra pieza de la legislación sobre residuos que entró en vigor a principios de 2021. A lo largo de los últimos 40 años, China ha sido un importante destino final de estos materiales. Pero su política para poner límites a la recepción de materiales importados comenzó en 2013. La decisión más reciente de pro- hibir las importaciones de residuos sólidos refleja el compromiso de las autoridades chinas de promover un mayor reciclaje de material nacio- nal y reducir su dependencia de las importaciones. La resolución adoptada por China ten- drá consecuencias de gran alcance para los operadores de residuos que, hasta ahora, han confiado en el país como mercado final para su mate- rial. Esta medida tiene lugar después de que otros países, como Malasia, Tailandia e India, decidieran prohibir las importaciones de residuos plásticos y, en algunos lugares, la importación de papeles mezclados. Al igual que con las enmiendas al Convenio de Basilea sobre residuos plásticos, el incumplimiento de la nueva prohibición de importación de residuos sólidos en China puede dar lugar a elevadas multas, tanto para el transportista como para el importa-
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