EP22 - Enviropres
DERECHO AMBIENTAL 47 bien la realidad es que cada vez la gente es más consciente del papel del abogado en cuanto a su faceta de asesor jurídico en materia ambiental y desde esta perspectiva hay un cambio, una tendencia, pero todavía entiendo que es insuficiente en cuanto a los retos que tenemos de preservación de nuestro entorno y del nuevo escenario del cambio climático. De todos los sectores y materias ambientales en los que ustedes ofrecen asistencia técnica, ¿cuál es lamás demandada por las empresas y administraciones? Nuestro enfoque, se basa en el sector que nosotros deno- minamos ‘Sector económico del medio ambiente’, es decir, en aquellas empresas u organizaciones que tie- nen como objeto social la gestión ambiental, sobre todo, desde el punto de vista de la gestión de los residuos. Gran parte de nuestro trabajo se basa en asistir a este tipo de organizaciones. En el contexto de la circularidad, de lo que se denomina Economía Circular, sí que vemos unamayor petición de asis- tencia desde el punto de vista de la definición del negocio en este nuevo contexto de la eficiencia y de los recursos. ¿Cree que existe una conciencia social en materia de derecho ambiental o todavía queda camino por recorrer? ‘Haberla hayla’ aunque estamos todavía en una fase en la que queda mucho por recorrer. Sin ir más lejos, desde el punto de vista del acceso a los tribunales, todavía hay un gran margen de mejora en cuanto a la legitimación, es decir, a la capacidad de poder actuar ante cualquier jurisdicción, sobre todo, la contencioso-admi- nistrativa y también a nivel de la Unión Europea, por parte de personas que entienden que se ven afectadas por cuestio- nes de orden ambiental en cuanto a su incidencia en su calidad de vida, e incluso en su salud. Desde esta perspectiva, no cabe duda de que queda mucho camino por recorrer y a todos los niveles, no solo de la sociedad, también de la administración y de los poderes reguladores como expresión del sentir social sobre esas cuestiones. El abogado, está vinculado al conflicto y, por tanto, a su actuación en los tribunales y, paradójicamente, el derecho Ambiental lo que debería atender es precisamente a no llegar a ese punto
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