42 SUMINISTRO La movilidad eléctrica es un pilar muy importante de los objetivos de sostenibilidad. Las diferentes normativas han ido elevando el nivel de exigencia, pero era muy insuficiente. Aparcamientos con un punto de recarga cada 40 plazas (o cada 20 para edificios de la administración) era un objetivo poco ambicioso para las pretensiones de la agenda 2030. La nueva directiva incrementa notablemente los requisitos mínimos respecto a la situación actual, más en consonancia con los planes de sostenibilidad previstos. El pasado 8 de mayo fue publicada la nueva Directiva (UE) 2024/1275 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la eficiencia energética de los edificios con el objeto de fomentar su mejora y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, con el fin de lograr un parque inmobiliario de cero emisiones a más tardar en 2050. Lisardo Recio, Product Manager de Prysmian Vehículo eléctrico: importantes novedades en la directiva europea (UE) 2024/1275 En el artículo 14 encontramos los requisitos en relación con la infraestructura para la movilidad sostenible. Edificios no residenciales Edificios nuevos o con renovaciones importantes Cuando dispongan de más de cinco plazas de aparcamiento para coches los Estados miembros velarán por que se instalen: • Sistemas de conducción de cables para el 100% de las plazas • Cables para al menos el 50% de las plazas • Al menos un punto de recarga para cada cinco plazas (si el edificio es de oficinas un punto de recarga cada dos plazas) Hasta ahora el RD 450/2022 afectaba al CTE exigiendo solamente un punto de recarga cada 20 plazas en edificios de la Administración y una de cada 40 plazas en el resto de edificios y sistemas de conducción de cables para el 20% de las plazas Edificios existentes Si tienen más de 20 plazas de apar-
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