tos técnicos de los dos tipos de ascensor se han unificado en la Norma UNE-EN 81-20, encargada de definir las reglas de seguridad relativas a los ascensores para personas, y para personas y cargas, con el fin de protegerlas frente al riesgo de accidentes asociados al uso normal, el mantenimiento y las maniobras de emergencia de los ascensores. Por su parte, los procedimientos y ensayos de eléctricos e hidráulicos se recogen en la Norma UNE-EN 81-50, cuyo contenido trata de las reglas de diseño, cálculos, inspecciones y ensayos de los componentes del ascensor, con requisitos que se especifican en otras normas de la serie UNE-EN 81. Ya de lleno en la norma, los distintos apartados en los que se aprecian modificaciones importantes son muchos. PRINCIPALES CAMBIOS Supuestos En este apartado, las modificaciones incluyen temas como: - Revisar, antes, con el cliente, cuestiones como la existencia (tipo y peso) de medios de carga/descarga; la disipacioìn de calor; el nivel de ruido y vibraciones emitidos por la instalacioìny la legislacioìn de edificacioìn aplicable. - Carga: la nominal más una sobrecarga definida. - Otra novedad es que los requisitos de temperaturas límite (+5/+40ºC) se exigen tanto en espacios de maquinaria como de hueco. - Se excluyen aerogeneradores. Hueco Los cambios que afectan al hueco los encontramos en los siguientes temas: - Salientes permisibles en el hueco y su proteccioìn. - Rigidez y dimensiones de las puertas y trampillas de acceso al hueco, de inspeccioìn o de socorro, y al cuarto de maìquinas. - Rigidez de las paredes del hueco, del suelo del foso y de las particiones entre huecos. - Se define resistencia al impacto para el cristal. - Menor resistencia del faldoìn de puerta de piso. - Mayor definicioìn de las pantallas de contrapeso. - Impermeabilizacioìn en hidraìulicos. - Salida del foso con cabina bloqueada (UCM). Espacios de refugio Tanto en el techo como en el foso, los espacios de refugio son uno de los temas que más ha cambiado la norma, tanto por lo que se refiere a su definición como a sus medidas (detalladas en los gráficos adjuntos). Además de este cambio sustancial, hay otras cuestiones como que: - Se avisaraì , en sus entradas y con un cartel, del nuìmero maìximo de personas que pueden permanecer y el tipo de espacio de refugio definido para cada una de ellas. Asimismo, si se define maìs de un espacio de refugio, todos seraìn del mismo tipo y no pueden solaparse unos con otros. - Hay una mayor definicioìn de las escaleras de acceso al foso, con un anexo específico. - Se definen mejor los dispositivos de parada al entrar al foso. - Se obliga a poner una botonera de inspeccioìn en foso, fija y accesible desde los espacios de refugio. - Por temas de temperatura, se admiten rociadores anti-incendios y aire acondicionado o calefacción. - Se requiere un nivel de iluminacioìn: entre 20 y 50 lux, sin exigir coìmo. - Se exige un botoìn de inicio de alarma, en foso, seguìn la norma EN 81-28. - Se toca por encima el tema del acceso por elementos privados, en función de la legislación nacional de cada país. - Si se trabaja sobre plataformas, hay que indicar el peso máximo. Cuartos de máquinas Apenas un par de cambios significativos en este apartado: - La altura en zonas de trabajo: pasa de 2,0 m a 2,10 m. - El espacio encima de las partes desprotegidas de lamaìquina inferior a 30 cm: sin proteccioìn. Puertas de piso y cabina Más cambios en este apartado. Entre ellos: - La rigidez de las puertas hechas en chapa o cristal. - Precauciones adicionales para las de cristal. - Dispositivos de reapertura ante obstáculos (células y cortinas fotoeléctricas). - Posicioìn triángulo y llave de desenclave. - Cerradas en ausencia de uso del ascensor soìlo si contribuyen a un sector de incendios. - Las puertas de piso requieren certificación al fuego según EN 81-58. Espacios de maquinaria y cuartos de poleas - Se exige una iluminacioìn: 200/50 lux en aìreas de trabajo/accesos. Cabina - Rigidez de los paneles, en chapa y cristal. - Comportamiento al fuego de materiales interiores. - Comportamiento a la rotura de elementos de cristal y espejos. - Rigidez del faldoìn, techo pisable y barandilla. - Iluminacioìn normal y de emergencia. - Placa con características de la unidad. Medios de suspensión - Cables de tracción de acero según normas EN. - Terminaciones de cables según normas EN. - Condiciones de adherencia a la polea. - Requisitos para cadenas y cables de compensación. 16 - Ascensores y Montacargas
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