AX114 - Ascensores y Montacargas

las que las instrucciones están integradas en el software de la máquina. Cuando las instrucciones se faciliten en formato digital en línea, deberán estar disponibles durante la vida útil prevista de la máquina y durante al menos 10 años después de la comercialización de la máquina. Sin embargo, la información de seguridad importante para usuarios no profesionales debe proporcionarse con cada producto en formato impreso. El documento digital de las declaraciones de conformidad de la UE deberá estar accesible en línea durante al menos 10 años después de la comercialización. Modificación sustancial Se entenderá por modificación sustancial una modificación de una máquina no prevista ni planificada por el fabricante y que afecte a la seguridad de dicha máquina, creando un nuevo peligro o aumentando un riesgo existente, que requiera: (a) la adición de resguardos o dispositivos de protección a dicha máquina o producto afín cuyo procesamiento requiera la modificación del sistema de control de seguridad existente, o (b) la adopción de medidas de protección adicionales para garantizar la estabilidad o la resistencia mecánica de dicha máquina o producto afín; Las operaciones de reparación y mantenimiento que no afecten a la conformidad de la máquina con los EHSR pertinentes no deben considerarse modificaciones sustanciales. La persona que lleve a cabo la modificación sustancial deberá realizar una nueva evaluación de la conformidad antes de comercializar o poner en servicio el producto modificado. CALENDARIO DE APLICACIÓN La publicación de la referencia en el DOUE tuvo lugar el 29 de junio de 2023, la entrada en vigor, el 20 de julio de 2023 y el inicio de la aplicación está previsto para el 20 de enero de 2027. Los Estados miembros de la UE y los operadores económicos dispondrán de 42 meses antes de que se apliquen las normas del nuevo Reglamento de Máquinas a partir del 20 de enero de 2027, cuando quede derogada la Directiva 2006/42/CE sobre máquinas. No se permite la aplicación voluntaria del Reglamento de Máquinas antes de la fecha de aplicación. No obstante, podrán iniciarse los trabajos preparatorios y las disposiciones transitorias pertinentes para que estén listos en la fecha de aplicación. Disposiciones transitorias El cambio de la Directiva de Máquinas al Reglamento de Máquinas se producirá cuando la Directiva de Máquinas quede derogada el 20 de enero de 2027. No se permite la aplicación voluntaria del Reglamento de Máquinas antes de la fecha de aplicación. Los fabricantes y los organismos notificados pueden iniciar los trabajos preparatorios pertinentes y las disposiciones transitorias para estar preparados en la fecha de aplicación. Cuando la máquina cumpla los requisitos tanto de la Directiva de máquinas como del Reglamento de máquinas, el fabricante podrá hacer referencia a ambos en la declaración de conformidad de la UE, indicando los periodos de aplicación correspondientes para cada una de ellas. Por ejemplo, la declaración de conformidad de la UE podría indicar: “El objeto de la declaración es conforme a la Directiva 2006/42/CE (hasta el 20 de enero de 2027) y al Reglamento (UE) 2023/1230 (a partir del 20 de enero de 2027)". IMPACTO EN LAS NORMAS ACTUALES Y NECESIDAD DE NUEVAS NORMAS ARMONIZADAS El Reglamento de Máquinas exige la revisión de todas las normas armonizadas existentes. Se evaluará la idoneidad de las normas armonizadas actuales en virtud de la Directiva de Máquinas para cubrir los requisitos de salud y seguridad en el trabajo pertinentes del Reglamento de Máquinas. Si no se ve afectada, la norma se citará en el Diario Oficial de la UE (DOUE) con arreglo al Reglamento de Máquinas. Si se ve afectada, la norma se revisará o modificará antes del primer trimestre de 2026, antes de su publicación en el DOUE. La Comisión Europea está preparando una nueva solicitud de normalización que dará lugar a la revisión de todas las normas armonizadas actuales y, posiblemente, nuevas normas para cubrir los EHSR nuevos o revisados. El cumplimiento de los nuevos requisitos de digitalización, específicamente el Anexo III 1.1.9 y 1.2.1, requiere abordar las cuestiones de Ciberseguridad (Cyber Safety): ISO 8102-20 (norma no armonizada) publicada en agosto de 2022 puede proporcionar la base para abordar la ciberseguridad para ascensores y escaleras mecánicas. El CEN y la ISO decidirán sobre nuevas normas en función de las necesidades para abordar las nuevas tecnologías o para proporcionar presunción de conformidad con los requisitos legislativos. n El inicio de la aplicación del Reglamento de Máquinas está previsto para el 20 de enero de 2027. 55 ANÁLISIS

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