AX113 - Ascensores y Montacargas

44 En los países en los que existe una entidad pública de control, se apuntan los siguientes aspectos: 1. Hay algunos en los que se lleva a cabo una evaluación de riesgos puntual trabajo por trabajo, y en esos casos, parece que se hace referencia a la norma para ascensores nuevos EN 81-20, para su ejecución, pero sin más detalles. Los países en los que existe el control, pero en los que no parece haber normativa nacional, parecen ser Bulgaria y algunos cantones suizos. 2. En otros, la referencia es la norma EN 81-80 sobre la mejora de la seguridad de ascensores existentes, es decir, el trabajo voluntario se enmarca como parte de una acción más global concebida a escala de la UE, obligatoria en el estado miembro, cuyo objetivo no es mantener sino aumentar la seguridad de los ascensores en los que se realicen. 3 En algunos países (por ejemplo, Rumanía), una parte de las adaptaciones voluntarias esbozadas en EN 81-80 se ha impuesto como obligatoria. 4. Por último, en algunos países existe una norma nacional de referencia, más o menos completa, teniendo en cuenta que, en cualquier caso, ninguna norma puede cubrir todos los casos que puedan presentarse. NO ES NECESARIA UNA NORMA EUROPEA El estudio de viabilidad de las estadísticas de las empresas concluye que, por el momento, no procede proponer una norma europea común que regule las modificaciones importantes de los ascensores existentes. No obstante, la Comisión podría publicar una Recomendación europea, o un documento equivalente, basado en las siguientes sugerencias: 1. Aunque el estudio no encontró ningún interés particular a nivel europeo en desarrollar una directriz común, ello no excluye la posibilidad de elaborar un documento similar a nivel nacional, en caso de que aún no exista. Dicho documento, más o menos amplio, debería tomar como referencia el estado de la técnica, es decir, la norma EN 81-20 y otras normas armonizadas aplicables, o ediciones menos recientes de las mismas. 2. Cada estado miembro debería disponer de un organismo de control de las principales obras de modificación realizadas en los ascensores existentes, como la sustitución de cables, maquinaria, panel de control, etc. 3. Sería aconsejable que esta verificación se llevara a cabo inmediatamente después de la finalización de las obras y no en el momento de cualquier verificación periódica posterior. Esto se debe a que, si los trabajos de modificación se hubieran realizado incorrectamente, las consecuencias negativas (y el riesgo potencial) podrían continuar hasta la siguiente verificación, para la que podría transcurrir mucho tiempo. 4. En cualquier caso, es aconsejable que la norma cubra los trabajos que se realizan con más frecuencia en el país. Hay que tener en cuenta que esta lista no es necesariamente la misma en todos los países, ya que, como se ha dicho, depende del estado inicial de la técnica de seguridad, es decir, de las normas nacionales vigentes en el momento en que se instaló el sistema, antes de la adopción de la norma europea. 5. De no ser así, el organismo de control debería encargar a la empresa ejecutora una evaluación de riesgos puesto por puesto, examinarla y aprobarla. Por supuesto, este procedimiento es más complejo y costoso que la adopción de la norma y, en particular, discrimina a las pymes, que están peor equipadas a este respecto. Incluso en estos países, por tanto, si el caso no está cubierto por la norma, debe realizarse una evaluación de riesgos, que un organismo evalúa antes de la nueva puesta en servicio. La lista de estos países no es larga a estas alturas de la investigación: en Italia existe la serie de normas serie de normas UNI 10411; en Francia, la NF P82230; en Alemania, la TRBS 1204 parte 4; en los Países Bajos, la SI19; en España, la AEM1, en virtud del RD 88/2013. El miembro húngaro de la Federación afirma que existe, pero no da detalles. Hay que tener en cuenta que, en algunos países, como Francia, algunos trabajos propuesto por la norma EN 81-80 ya se han realizado, ya que se ha hecho obligatoria, sin embargo existe una norma sobre cómo realizar los que aún no se han hecho en esa lógica. Los resultados de esta encuesta están ahora a disposición del público en un informe final de fácil consulta en la web de EFESME, con tablas que resumen la información recibida a nivel nacional. n

RkJQdWJsaXNoZXIy Njg1MjYx