AP7 - Aquapres

61 DERECHO AMBIENTAL así como unos requisitos legales de gestión, que tendrán que seguir las explotaciones para cumplir con la condicionalidad reforzada. Esta condicionalidad reforzada incluirá el cumplimiento de la Directiva de nitratos. Además, la financiación procedente de la PAC, juntamente con las ayudas estatales (como, por ejemplo, aquellas procedentes de planes nacionales de recuperación y resiliencia) y la financiación de la Cooperación Territorial Europea (Interreg) proporcionarán financiación que podrá contribuir a alcanzar los objetivos fijados. • En 2022, la Comisión Europea pondrá en funcionamiento un Plan de Acción Integrado de Gestión de Nutrientes que se fundamentará en el Plan de acción de la UE: “Hacia una contaminación cero del aire, el agua y el suelo”. El objetivo es abordar la contaminación por nutrientes en su origen con el propósito de identificar mejor qué reducciones en la carga de nutrientes son necesarias para lograr uno de los objetivos marcados para 2030 por el referido Plan de Acción de la UE sobre contaminación cero, reducir en un 50 % las pérdidas de nutrientes. • La tecnología de transformación de estiércoles en productos orgánicos que facilitan un control sobre el balance de nutrientes también tendrá un papel fundamental en la lucha contra la contaminación por nitrógeno y fosfato y, además, contribuirá a la reducción de las emisiones de CO2 y de la dependencia de primeras materias como la roca fosfatada. No obstante, es preciso eliminar los obstáculos económicos que impiden utilizar estas técnicas de forma más extendida. Además, existen algunos obstáculos legales para su utilización que también deberán ser eliminados. En este sentido, la Comisión apunta que el nuevo Reglamento sobre productos fertilizantes (Reglamento (UE) 2019/1009, por el que se establecen disposiciones relativas a la comercialización de los productos fertilizantes UE), que modifica el Reglamento de abonos (Reglamento (CE) n.º 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, relativo a los abonos), allana el terreno para la comercialización de abonos orgánicos procesados, pues regula también los abonos órgano-minerales y los abonos orgánicos. • La Comisión también menciona en su informe los proyectos sobre la gestión de nutrientes iniciados en el marco del programa de investigación e innovación de la UE Horizonte 2020 como fuentes de innovación y resultados positivos. Además, recuerda la posibilidad de obtener apoyo financiero a la investigación y la innovación a partir del nuevo programa Horizonte Europa (2021-2027) para iniciar proyectos destinados a la gestión y recuperación de las aguas. Por todo ello, la Comisión concluye en su informe que, en consonancia con los principios de prevención, de corrección de los atentados al medio ambiente en la fuente y de quien contamina paga, aunque se estudien iniciativas innovadoras para hacer frente a la contaminación por nutrientes, es necesario llevar a cabo una primera acción indispensable para abordar la problemática de la contaminación de las aguas por exceso de nutrientes: alcanzar un mayor nivel de cumplimiento respecto a las obligaciones establecidas en la Directiva de nitratos. CONCLUSIONES El informe de la Comisión Europea supone un importante toque de atención para el conjunto de Estados miembros, pero habrá que esperar un tiempo para poder determinar cuál es su verdadero alcance. Si bien una mejoría en el cumplimiento de la Directiva por parte de los Estados miembros es indispensable para el logro de los objetivos fijados de reducción de nitratos y otros contaminantes, lo cierto es que sin la aplicación de determinadas medidas complementarias este camino será mucho más largo y dificultoso. Unas normas medioambientales claras, un asesoramiento eficaz a los agricultores y ganaderos y una efectiva aplicación de las innovaciones tecnológicas que permitan reducir las fugas de contaminantes seránmedidas complementarias esenciales. A nivel estatal, el informe de la Comisión ha supuesto la advertencia decisiva para que España se ponga al día en el cumplimiento de sus obligaciones en la lucha contra la contaminación de las aguas e implemente medidas definitivas al respecto. La aprobación del Real Decreto 47/2022, aunque fuera del plazo concedido por la Comisión Europea para solventar los incumplimientos detectados, supone un paso hacia adelante en la solución de la problemática. Sin embargo, habrá que ver, en los próximos meses, cuál es el resultado de su aplicación y si las medidas en el nuevo texto normativo contempladas resultan suficientes, en especial en relación con las Comunidades que muestren tendencias en la contaminación por nitratos al alza, como Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Navarra y Murcia. Finalmente, debe destacarse que una de las importantes conclusiones a las que llega el informe de la Comisión es que la principal causa de la contaminación del agua en la UE es la ganadería. Tal conclusión debería llevarnos, inevitablemente, a cuestionarnos la viabilidad del modelo ganadero europeo actual y a plantearnos qué medidas adoptaremos para redirigir esta ancestral actividad hacia un modelo más sostenible y respetuoso con el medio ambiente, así como acorde con los principios de prevención y de quien contamina paga. 

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