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DERECHO AMBIENTAL 60 FRANCIA QUIERE CONSOLIDAR EL PAPEL DE LA JUSTICIA EN MATERIA AMBIENTAL Mediante una circular en relación con la Ley nº 2020-1672, de 24 de diciembre de 2020, relativa a la Fiscalía Europea, la justicia ambiental y la justicia penal especializada, la justicia francesa quiere reforzar el músculo ambiental en el seno de su propia administración y a través de sus empleados. El objetivo es dotar de herramientas y aclarar algunos aspectos relevantes de la justicia ambiental. Alexandra Farbiarz Mas, departamento de Comunicación de Terraqui El pasado 11 de mayo, el ministro de Justicia francés publicó y distribuyó en su ministerio una circular para refor- zar el papel de la Justicia en materia ambiental. En la circular se señala al poder judi- cial como un agente imprescindible en la regulación social para preve- nir, sancionar y reparar los daños al medio ambiente en todas sus formas, y trata de clarificar las novedades que se implementan mediante la Ley nº 2020-1672, de 24 de diciembre de 2020, relativa a la Fiscalía Europea, la justicia ambiental y la justicia penal especializada. ANTECEDENTES Desde el poder legislativo, Francia ha tratado de modernizarse progresiva- mente en este ámbito mediante la ordenanza nº 2012-34, de 11 de julio de 2012, sobre simplificación, reforma y armonización de los dispositivos de la policía administrativa y de la policía judicial del Código demedio ambiente, la ley nº 2019-773, de 24 de julio de 2019, de creación de la Oficina Francesa de Biodiversidad, de modificación de las atribuciones de las federaciones de cazadores y de fortalecimiento de la policía ambiental. Por su parte, el propio ministerio de Justicia publicó el 21 de abril de 2015 una circular relativa a la orientación de la política penal en materia de daños al medio ambiente. Sin embargo, el proceso judicial penal ambiental sigue sufriendo una débil judicialización. Así lo demuestra que, de los aproximadamente 20.000 asuntos tratados al año por la fisca- lía, el 75% de la respuesta judicial en estos casos consiste en alternativas al enjuiciamiento y que el proceso penal ambiental representa apenas el 1% del conjunto de las condenas pro- nunciadas cada año por los tribunales. A raíz del informe ‘Una justicia para el medio ambiente’, llevado a cabo por la Inspección General de la Justicia y el Consejo de Estado del medio ambiente y el desarrollo sostenible en 2019, algunas de las recomendaciones fueron incorporadas a través de la Ley nº 2020-1672, de 24 de diciembre de 2020, relativa la Fiscalía Europea, la justicia ambiental y la justicia penal especializada. Una ley orientada, pre- cisamente, a la especialización de la justicia penal en materia de medio ambiente que tiene un triple objetivo: • Proporcionar una respuesta penal mucho más rápida. • Adaptar la legislación a las espe- cificidades de las infracciones ambientales. • Reparar mejor los daños ambientales. La circular objetodeestepost tiene como propósito, entre otros, clarificar a nivel interno del Ministerio el funcionamiento de los cambios que implica esta ley. También cabe destacar que, a raíz de una decisión del Tribunal Constitucional de 31 de enero de 2020, en base a la Ley constitucional nº 2005-205, de 1

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