La nueva directiva de máquinas ya ha entrado en vigor
23 de febrero de 2010
Después de casi veinte años con la misma directiva máquinas, el pasado 29 de diciembre 2009 entró en vigor la nueva Directiva de Máquinas 2006/42/CE, que ha sido traspuesta en el ámbito español como Real Decreto 1.644/08.
En esta Directiva se pueden apreciar importantes novedades: en campos de aplicación se incluyen las cuasi máquinas y los procedimientos de evaluación de la conformidad, donde consta expresamente que la documentación relativa a la evaluación de riesgos debe formar parte del expediente. Así mismo define mas claramente los limites con otras directivas como la de “baja tensión”.
Otra novedad es que esta nueva Directiva incluye a los ascensores de obras de construcción. También indica que todos los certificados de examen CE de tipo deberán revisarse cada 5 años. Aparte mejora la organización de vigilancia del mercado por parte de los estados miembros.
Antes de poder comercializar o poner en servicio una máquina, el fabricante debe asegurarse de que está cumpliendo con los requisitos esenciales de seguridad y salud detallados en el Anexo I. Una vez comprobado, se puede proceder al marcado CE de la máquina. Los fabricantes de las máquinas deberán entregar a sus clientes el manual de instrucciones en el idioma del país donde se utilizará la maquina y el manual original.
Así mismo la Directiva indica que una máquina fabricada conforme a una norma armonizada, como por ejemplo, las ISO 13849 y EN 62061, se considerará cumpliendo con los requisitos esenciales de seguridad y salud, por lo tanto conforme a la Directiva de Máquinas.
No obstante, no todas las normas armonizadas están revisadas o actualizadas. Algunas están en proceso, por lo que es mucho más importante indicar cuáles se están utilizando en la Declaración de Conformidad.