Consideraciones sobre normativas y reglamentos: RD 656/2017 Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos
Pere Trallero, gerente de Asecos, S.L.
05/03/2019Hace ya un tiempo, alguien me dijo que “la química está en todas partes” y recuerdo una exposición llamada ‘Todo es Química’, en el Museu de la Ciència i la Tecnològia de Catalunya (Terrassa), donde desde un punto de vista muy didáctico se presentaba la contribución de la química a la calidad de vida de hoy en día.
Por lo tanto, un gran número de empresas de campos muy diversos utilizan productos químicos de forma directa o indirecta en sus procesos productivos o en aplicaciones complementarias de análisis, control de calidad, limpieza, mantenimiento, etc.
Todo esto implica la necesidad de disponer de las instalaciones técnicas adecuadas que garanticen la salud de los trabajadores y la protección del medio ambiente, así como la minimización de las consecuencias que incidentes y siniestros puedan producir.
No es menos importante que la adecuada formación de los trabajadores en las tareas asignadas y la adopción de medidas que eviten o reduzcan las consecuencias de un error humano, son otro pilar básico en el uso, almacenamiento y manipulación de productos químicos.
Tras la aprobación del RD 656 / 2017 por el que se aprobó el Reglamento para Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias disponemos del marco legal de obligado cumplimiento para los almacenamientos de esta clase de sustancias peligrosas pero hemos de ser conscientes que esta Legislación está más orientada a entidades de mayor tamaño o volumen y se aleja de aquellos pequeños usuarios donde la existencia de pequeñas cantidades de productos químicos pero de características físicas y químicas muy variadas implica el estar por debajo de los límites de exclusión marcados por este Reglamento con el consiguiente riesgo intrínseco de no disponer de los medios adecuados para proteger tanto a los trabajadores como a las instalaciones.
En definitiva, una pequeña cantidad de producto químico inflamable puede ser la carga de fuego inicial que desencadene un grave siniestro en toda la planta.
Este artículo pretende presentar una introducción al Reglamento para Almacenamiento de Productos Químicos y algunas otras consideraciones complementarias como el concepto de resistencia al fuego (Norma UNE EN 14470-1/2), la ventilación y el mantenimiento / inspecciones anuales de los armarios de seguridad.
Reglamento para Almacenamiento de Productos Químicos RAPQ (RD 656 /2017)
El Reglamento para Almacenamiento de Productos Químicos y sus correspondientes Instrucciones Técnicas Complementarias 0 – 10 publicado en el RD 656/2017 define no sólo las características técnicas que deben cumplir los almacenamientos en función del tipo de envase, de las categorías de productos y cantidades almacenadas, sino que también incide en la documentación necesaria para su puesta en servicio, el necesario plan de mantenimiento, las inspecciones anuales, la formación de los usuarios y otros muchos aspectos.
La aplicación de los requerimientos de la MIE- APQ – 10 relativa al almacenamiento de productos químicos en recipientes móviles se basa en la definición de recipiente móvil que según la MIE- APQ-0 Definiciones indica que es un “recipiente con capacidad hasta 3.000 litros, susceptible de ser trasladado de lugar”. Así pues, La MIE APQ-10 que “tiene por finalidad establecer las prescripciones técnicas a las que han de ajustarse las instalaciones de almacenamiento, carga y descarga y trasiego de productos químicos peligrosos en recipientes móviles” es la Instrucción Técnica Complementaria de aplicación a la mayoría de los almacenamientos tanto centralizados como descentralizados de las entidades que emplean productos químicos en toda o parte de sus actividades.
Los contenedores de almacenamiento (contenedores modulares) y los armarios de seguridad diseñados, construidos y certificados de acuerdo con los requerimientos de la MIE APQ-10 son considerados almacenamientos.
Armario de seguridad. Es aquel prefabricado destinado al almacenamiento de productos químicos peligrosos en recipientes móviles que protege el contenido en caso de incendio, durante un periodo de tiempo determinado y que cumple con los requerimientos de seguridad de la ITC-10.
Se consideran como inflamables los productos químicos con alguna de las siguientes indicaciones de peligro: H222, H223, H220, H221, H224, H225, H226, H228.
Los armarios de seguridad deberán estar probados y certificados como tipo 90 según la UNE-EN 14470-1. Los armarios tipo 90 se consideran que tienen las mismas características de protección pasiva que las establecidas para un sector de incendios, por lo que no es necesario incorporar más medidas de protección pasiva contra incendios.
Los armarios deberán llevar un letrero bien visible con la indicación de inflamable. En el caso de guardarse productos H220 o H221 es obligatoria la existencia de una ventilación exterior. La cantidad máxima de líquidos que puede almacenarse en un armario protegido es de 500 l. Estos 500 l podrán distribuirse según las siguientes cantidades máximas permitidas por tipo de líquido:
a) 0,1 m³ (100 l), de productos H220 y H221
b) 0,25 m³ (250 l), de productos H222, H223, H224 y H225
c) 0,5 m³ (500 l), de productos H226 o suma de H220, H221, H222, H223, H224, H225 y H226 sin sobrepasar las cantidades máximas especificadas anteriormente.
Contenedor modular. Aquel prefabricado concebido específicamente para el almacenamiento de productos químicos peligrosos en recipientes móviles y que cumple con los requerimientos de seguridad de la presente ITC. Puede tener resistencia al fuego o no y ser transitable o no.
Norma UNE-EN 14470-1
La Norma europea UNE EN 14470-1 describe los criterios de diseño y ensayo de armarios de seguridad, destinados a un uso en laboratorios para almacenar líquidos inflamables en recipientes cerrados, a temperaturas ambiente normales.
La norma trata los 3 requisitos más importantes para el almacenamiento de líquidos inflamables:
- Reducción del riesgo de incendio asociado al almacenamiento y la protección del contenido del armario en caso de incendio durante un período de tiempo conocido.
- La reducción de la cantidad de vapores emitidos al ambiente de trabajo.
- La retención de vertidos accidentales dentro del armario.
La recientemente publicada MIE APQ-10 del Reglamento para Almacenamiento de Productos Químicos (RD 656/2017) especifica en su Artículo 20 Punto 2 que “Los armarios de seguridad para inflamables deberán estar probados y certificados como Tipo 90 según la UNE EN 14470-1”.
La clasificación de Tipo 90 hace referencia al tiempo que se tarda en el interior del armario en alcanzar un incremento de temperatura de 180 K cuando en el exterior (horno de pruebas) se registra una temperatura de aproximadamente 1.000 ºC (curva de incremento de temperatura según EN 1363-1).
Asimismo, se presta atención a otros parámetros como la resistencia al peso de las bandejas o cajones durante la prueba, el funcionamiento de las ventilaciones, la documentación a suministrar con cada armario y al marcado y etiquetado del mismo.
La clasificación de Tipo de un armario de seguridad para productos inflamables según esta Norma sólo la puede llevar a cabo un Laboratorio Independiente de Pruebas de Materiales debidamente acreditado.
Cada modelo de armario dispone de su Certificado de Tipo individualizado que garantiza la seguridad de los usuarios.
Ventilación natural / forzada de los almacenamientos
La ventilación natural o forzada de los armarios de seguridad (almacenamientos) debe diseñarse con 2 objetivos:
- Que el riesgo de exposición de los trabajadores esté adecuadamente controlado de acuerdo con el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo (según MIE APQ-10, Artículo 5, Punto 6)
- Que se evite la formación de atmósferas potencialmente explosivas por la acumulación de vapores inflamables.
Es muy importante distinguir entre almacenamiento pasivo (aquel en el que se almacenan recipientes cerrados) y almacenamiento activo (aquel en el que el producto químico almacenado es trasvasado a otros recipientes) ya que la potencial emisión de vapores durante ambos procesos es muy diferente y por tanto la influencia sobre la cantidad de vapores existentes en la atmósfera del lugar de trabajo, muy variable.
En el caso de armarios de seguridad para productos inflamables sometidos a ventilación forzada les es de aplicación la Norma UNE EN 14470-1 que especifica que “la renovación de aire debe tener lugar a una velocidad de, al menos, 10 veces la capacidad volumétrica del armario por hora, con una caída de presión no mayor de 150 Pa”
Las renovaciones por hora del volumen interior de armarios de seguridad específicos para otros tipos de productos químicos son:
- Líquidos inflamables: 10 renovaciones / hora (UNE EN 14470-1)
- Líquidos corrosivos: 30 renovaciones / hora (recomendación Asecos)
- Gases inflamables: 10 renovaciones / hora (UNE EN 14470-2)
- Gases tóxicos: 120 renovaciones / hora (UNE EN 14470-2).
En caso de almacenamientos conjuntos de productos que no supongan ningún incremento del riesgo pero que tengan diferentes indicaciones de peligro, se aplicará el valor de renovación más severo.
Existen 3 maneras de garantizar una correcta ventilación forzada:
- Conexión del almacenamiento a un sistema centralizado e independiente de extracción en el edificio
- Utilización de ventiladores – extractores individualizados con tubo de salida
- Sistemas de recirculación filtrante.
En caso de disponer de ventilación natural, Asecos recomienda considerar el área indicada en el esquema inferior como Zona ATEX 2 (Imagen 2).
Mantenimiento y revisión de armarios de seguridad: APQ-10 Art. 15 y 16
¿Por qué es importante el mantenimiento y revisión de un armario de seguridad? Un armario de seguridad ofrece la máxima protección para el almacenamiento de sustancias peligrosas, pero siempre y cuando funcione correctamente en caso de accidente (incendio, derrame, etc.).
Tanto el mantenimiento como la revisión periódica de los armarios son necesarios y así ha quedado recogido en el RAPQ.
Nuestra experiencia como fabricante de armarios de seguridad se refleja también en nuestras opciones de mantenimiento: ofrecemos un completo y profesional programa de mantenimiento y revisión para que los usuarios cumplan con los requerimientos especificados por la MIE-APQ-10 en lo relativo al Art. 15 ‘Plan de Mantenimiento’ y Art. 16 ‘Revisiones Periódicas’ de los almacenamientos de productos peligrosos en recipientes móviles.
Plan de Mantenimiento (MIE-APQ-10, Art.15):
- Cada almacenamiento tendrá un plan de mantenimiento propio para comprobar la disponibilidad y buen estado de los elementos e instalaciones, así como de los equipos de protección individual.
- Se dispondrá de un registro de los controles realizados y de un historial de los equipos e instalaciones a fin de comprobar su funcionamiento, que no se sobrepase la vida útil de los que la tengan definida y se controlen las reparaciones o modificaciones que se hagan en los mismos.
- Cada empresa designará un responsable del Plan de mantenimiento (responsable de contactar con el servicio técnico del fabricante para la manutención y revisión del almacenamiento).
Revisiones Periódicas (MIE-APQ-10, Art. 16):
- Independientemente de los establecido en el Art. 5 del RAPQ (control de las instalaciones), se procederá anualmente a la revisión de las instalaciones, de acuerdo con un plan de revisiones periódicas, conforme se indica y entre otras:
- Las ventilaciones tanto naturales como forzadas de los locales de almacenamiento.
- El mantenimiento de las características y condiciones del almacenamiento, tal y como se describen en la documentación elaborada inicialmente…