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El acuerdo establece una revisión salarial del 0,1 % sobre el salario base, teniendo efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024

Publicadas las tablas salariales del Convenio colectivo estatal de Estaciones de Servicio para 2024

Redacción Interempresas17/03/2025

La Dirección General de Trabajo ha publicado recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la resolución del 6 de marzo de 2025, por la que se registraron y oficializaron las tablas salariales del Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio correspondientes al año 2024.

La aprobación de estas nuevas tablas salariales llega tras el acuerdo alcanzado el pasado 30 de enero de 2025 entre las principales organizaciones del sector, tanto empresariales como sindicales, en la sede de la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES), situada en Madrid.

La resolución completa, así como las tablas salariales actualizadas, pueden consultarse íntegramente en el Boletín Oficial del Estado (BOE)...
La resolución completa, así como las tablas salariales actualizadas, pueden consultarse íntegramente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En dicha reunión participaron representantes de la CEEES, la Agrupación Española de Vendedores al por Menor de Carburantes y Combustibles (Aevecar), así como de las organizaciones sindicales UGT-FICA y CCOO-Industria.

El acuerdo establece una revisión salarial del 0,1 % sobre el salario base, teniendo efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024. Este ajuste se ha realizado tras confirmarse el dato definitivo del IPC del año 2024, fijado en el 2,8 %.

Asimismo, se han actualizado otros conceptos económicos recogidos en el convenio, como el importe del plus festivo, que se fija ahora en 79,88 euros por día trabajado durante los turnos nocturnos de Navidad y Año Nuevo, así como el complemento de trabajo nocturno, establecido en 1,48 euros por hora nocturna trabajada.

Finalmente, se recuerda que según establece el artículo 39 del convenio colectivo, los trabajadores del sector reciben anualmente un total de doce mensualidades ordinarias más tres pagas extraordinarias equivalentes a un mes de salario base más antigüedad.

La resolución completa, así como las tablas salariales actualizadas, pueden consultarse íntegramente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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