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La Asociación de Empresas de Equipos de Protección Individual lanza un mensaje claro de compromiso con la calidad de los productos que se venden para garantizar la seguridad de todos los consumidores

La información veraz, más necesaria que nunca para garantizar la seguridad de los consumidores

Redacción Interempresas04/06/2020

A lo largo del confinamiento, la conducta ciudadana ha sido ejemplar, ha cumplido las directrices y recomendaciones del gobierno en todo momento. En este contexto, los supermercados se han convertido en los principales distribuidores de los productos esenciales que nos ha permitido superar esta etapa. Dentro de su oferta, se ha visto en las estanterías productos, desconocidos anteriormente, como mascarillas o pantallas faciales. Sin embargo, una prospección realizada en distintas superficies ha hecho concluir que el producto que ofrecen no cumple con la calidad y los requisitos exigibles para su comercialización.

Tal y como comentan desde Asepal, los problemas de abastecimiento, derivados de una fabricación deslocalizada y una demanda global han saturado las capacidades de producción y han hecho que su adquisición se convirtiera en un asunto crítico. “Lamentablemente, hemos visto como la variedad de mascarillas se ha disparado, así como de empresas de sectores ajenos a la protección y seguridad que han visto la oportunidad y han empezado a distribuir no sólo mascarillas autofiltrantes, sino otros EPI como buzos de protección o pantallas faciales sin tener en cuenta las condiciones de seguridad de estos productos”, explican.

Las grandes superficies comerciales, que actúan como distribuidores...
Las grandes superficies comerciales, que actúan como distribuidores, deben respetar las obligaciones de suministro de equipos seguros ya que están confundiendo al consumidor y les pueden hacer creer que esos productos les protegen.
La legislación a lo largo de este periodo ha ido orientada a facilitar la comercialización de equipos de protección individuaI (EPI) frente a la COVID-19, permitiendo la utilización de normas no europeas para la certificación de los productos. Esta medida ha permitido incrementar la oferta disponible y atender de mejor manera la demanda elevada de estos EPI.

En respuesta a esta necesidad, la legislación ha permitido establecer unas condiciones de fabricación y comercialización que por un lado establecen las reglas de juego para los actores implicados, y del otro, permite que el consumidor pueda adquirir los productos que necesita con unos niveles de seguridad característicos de la sociedad en la que nos desarrollamos. Sin embargo, las labores de vigilancia de mercado y de control de la importación no han sido lo suficientemente efectivas en su labor de supervisar que el producto que se introduce es seguro y cumple con los requisitos exigibles.

“La calidad es un concepto que no solo afecta a las propiedades físicas o químicas intrínsecas del producto, también afecta a la información que le acompaña. Los marcados y referencias que lleva buscan trasladar de una manera sencilla al consumidor información de relevancia que pueda decidir su adquisición, así como indicaciones sobre las características o advertencias de este”, comenta Luis Gil, secretario general de Asepal.

La información y los marcados de los EPI se han utilizado de manera tendenciosa dentro del marketing a la hora de comercializar y distribuir los EPI, generando una fuerte inseguridad dentro del sector, así como una falsa sensación de protección en gran parte de la población que, posiblemente por desconocimiento, no ha exigido la calidad adecuada a estos productos.

Algo especialmente inaudito si se tiene en cuenta que, actualmente, estos productos juegan con la ambigüedad de la información, utilizando con carácter comercial denominaciones técnicas que deben llevar aparejado un proceso de certificación. Aunque la normativa asociada a las mascarillas tipo FFP2 y KN95 puede ser equivalente en algunos aspectos, ambas definen requisitos diferentes, y si bien puede decirse que en algunos aspectos su protección es equivalente, no son denominaciones intercambiables.

En este contexto Asepal informa que solo se puede decir que la protección ofrecida por una mascarilla autofiltrante y otra solo es equivalente cuando se haya verificado sólidamente el cumplimiento de las normas asociadas a las mascarillas. Al mismo tiempo, “vemos cómo este tipo de denominación aparece en mascarillas higiénicas, haciendo un uso tendencioso del marcado obligatorio y la información que el producto ofrece”, explica Luis Gil.

Los supermercados que son marcas de confianza para el consumidor no están atendiendo debidamente a la calidad al ofrecer productos que no deberían comercializarse. La obligatoriedad del uso de mascarillas ha hecho que en el mercado se encuentre con una oferta amplia y diversa, donde la falta de control genera una alta contaminación de producto no seguro en el mercado, poniendo en riesgo al consumidor y vulnerando sus derechos en este sentido.

En el caso de mascarillas higiénicas, las grandes superficies comerciales, que actúan como distribuidores, deben respetar las obligaciones de suministro de productos seguros y una serie de requisitos de información mínima a entregar con la mascarilla higiénica, como por ejemplo, la identificación del fabricante, el modelo, la composición de la mascarilla, indicación de que este producto no es un equipo de protección individual ni un producto sanitario, indicaciones sobre la colocación, uso y mantenimiento. Y si la mascarilla cumple con alguna especificación técnica, como la UNE 0065 (aunque podrían ser otras), las prestaciones ofrecidas por el producto. “Toda la información debe de estar disponible en castellano”, insisten.

Desde Asepal han observado que se han puesto a la venta pantallas faciales que no han sido debidamente certificadas pero que se ofrecen como elementos de protección. El uso de un equipo de protección que no cumple debidamente con la normativa puede derivar en otra serie de problemas. “En el caso de las pantallas faciales, la utilización prolongada de un equipo que no cumple con la calidad óptica adecuada puede conllevar problemas de visión a la persona que lo utiliza. Si no se han verificado sus prestaciones, como su capacidad para evitar la entrada de salpicaduras de líquidos, el usuario podría quedar expuesto a los riesgos frente a los que debería protegerse”, valoran.

Tal y como apuntan desde la asociación, “queremos hacer un llamamiento a la responsabilidad de los supermercados o comercios que venden mascarillas u otros equipos de protección frente a la COVID-19 para que se aseguren que ofrecen productos seguros a los consumidores. A su vez, alentamos a las autoridades de vigilancia de mercado a llevar a cabo acciones destinadas a garantizar los derechos del consumidor y perseguir los productos no seguros que se comercializan”, concluyen.

Empresas o entidades relacionadas

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