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Las fachadas acabadas con SATE cumplen sobradamente con las especificaciones de exigencia de reacción al fuego que exige el CTE

Anfapa repasa las exigencias de reacción al fuego que exige el CTE – SATE

Redacción Interempresas16/03/2018

En el presente artículo técnico, la Asociación de Fabricantes de Morteros y SATE, Anfapa, hace un repaso por las principales exigencias de reacción al fuego establecidas en el CTE – SATE.

En materia de seguridad contra incendios, los edificios en España están sujetos a dos regulaciones:

  • El Código Técnico de la Edificación CTE, que se aplica a edificios públicos y privados en los que hay permanencia de personas.
  • El Reglamento de Seguridad contra Incendios en Establecimientos Industriales RSCIEI aplicable a edificios, establecimientos y zonas de uso industrial.

Ambas regulan el comportamiento ante el fuego exigible a los productos instalados en la fachada para evitar la propagación exterior del fuego en caso de incendio.

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Las fachadas acabadas con SATE cumplen sobradamente con las especificaciones de exigencia de reacción al fuego que exige el CTE.

El CTE recoge las exigencias relativas a los productos que van a ser instalados en las fachadas en el Documento Básico de Seguridad en caso de incendio (DB SI) Sección SI 2 Propagación exterior, Punto 1 Medianeras y fachadas, subapartado 4:

La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupen más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas de dichas fachadas, será como mínimo B-s3, d2 hasta una altura de 3,5, en aquellas fachadas cuyo arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde una cubierta, y en toda la altura de la fachada cuando esta exceda de 18 m, con independencia de donde se encuentre su arranque.

Las Euroclases

Las Euroclases son un sistema de clasificación de comportamiento frente al fuego de los materiales que aportan al proyectista información sobre la producción de humo, el goteo de partículas y el potencial energético.

Potencial energético. Se establecen siete niveles:

  • A1. Productos que, en ningún caso del incendio, pueden contribuir al mismo.
  • A2. Productos con poder calorífico muy limitado, que en un incendio plenamente desarrollado no aportan, de modo significativo, una carga al fuego ni contribuyen a su desarrollo.
  • B, C, D y E. Productos combustibles con un potencial energético creciente.
  • Productos que no pueden satisfacer ninguna de las exigencias anteriores o cuyas prestaciones no han sido sometidas a ninguna valoración.

Opacidad de los humos. Dejando al margen su carácter tóxico, se distinguen tres clases:

  • s1. Materiales de escasa y lenta opacidad.
  • s2. Materiales de opacidad media.
  • s3. Materiales de elevada y rápida opacidad.

Formación de gotas. Atendiendo a la formación de gotas, se describen tres clases:

  • d0. Materiales que no se producen gotas inflamadas.
  • d1. Materiales que producen gotas, pero duran menos de 10 segundos.
  • d2. Resto de materiales.

La clasificación de un material será la combinación de las prestaciones de cada uno de estos aspectos.

El CTE exige un requerimiento mínimo al SATE de B-s3, d2 aunque generalmente tienen una clasificación muy superior A2-s1, d0; B-s1, d0 o B-s2, d0; por lo que cumple sobradamente con sus especificaciones.

Empresas o entidades relacionadas

Asociación Nacional de Fabricantes de Morteros Industriales y SATE

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