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Reducción de emisiones: un nuevo reglamento para motores en maquinaria de construcción

Redacción Ingeopres22/10/2014

La Comisión Europea adopta una propuesta que incluye límites de emisiones más restrictivos para los motores instalados en máquinas móviles no de carretera y establece reglas armonizadas para reducir la complejidad del marco legal para el sector. El pasado 25 de septiembre de 2014, la Comisión Europea adoptó una propuesta legislativa que regulará en un futuro próximo las emisiones de gases y partículas contaminantes procedentes de los motores de combustión interna instalados en máquinas móviles no de carretera. La propuesta de este Reglamento Europeo se ha presentado al Parlamento Europeo y al Consejo para su primera lectura.

En la actualidad, los límites de emisiones y los procedimientos de homologación para los motores instalados en máquinas móviles no de carretera se encuentran regulados por la Directiva 97/68/CE y sus sucesivas modificaciones (2002/88/CE, 2004/26/CE, 2006/105/CE, 2011/88/UE y 2012/46/UE).

Este nuevo Reglamento de la UE supondrá la derogación de la Directiva 97/68/CE y, al ser aplicable directamente en todos los Estados miembros de la Unión Europea, la sustitución del mosaico de 28 leyes nacionales que existe en la actualidad sobre esta materia.

La propuesta del Reglamento establece la introducción de una nueva fase de valores límite (Fase V) que será aplicable a los motores de cualquier rango de potencia entre los años 2019 y 2020, independientemente del ciclo de combustión y del combustible, lo que supondrá un ritmo de entrada en vigor sin precedentes para una nueva fase de valores límite.

Esta nueva Fase V establecerá límites de emisión mucho más restrictivos para los motores con una potencia comprendida entre 19 y 560 kW e introducirá como novedad un límite para el número de partículas emitidas (NP), que complementará al límite de masa de partículas (PT). En consecuencia, a partir del 2019 se requerirá seguramente la utilización progresiva de filtros de partículas diesel (DPF) en motores y máquinas nuevas.

La Comisión Europea estima que, si el proceso de codecisión por parte del Parlamento Europeo y del Consejo se desarrolla sin problemas, el nuevo Reglamento podría entrar en vigor en enero de 2016.

Anmopyc, la Asociación Española de Fabricantes de Maquinara para Construcción, Obras Públicas y Minería, está colaborando activamente en el proceso de revisión de la Directiva 97/68/CE, trasladando el punto de vista de sus miembros asociados, a través de Cece (Committee for European Construction Equipment), a las instituciones de la Unión Europea.

Más información disponible en www.anmopyc.es

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