Aragón pone en marcha un proceso para la modificación de la Ley de Urbanismo
2 de marzo de 2012
Pilar Lou ha explicado que entre las opciones estudiadas: la posibilidad de elaborar una nueva ley, de recuperar una antigua o de modificarla vigente “dada la situación económica y social lo mejor nos ha parecido modificar la vigente ley. Quiero resaltar el trabajo participativo que se ha abierto en este periodo en el que se ha convocado a 18 organizaciones para que colaboren y aporten todos sus criterios y opiniones”, ha subrayado. Así, la directora general de Urbanismo, aboga por una participación constructiva “les hemos entregado un documento distribuido en fichas con cada uno de los cambios, con las modificaciones y las justificaciones de cada articulo y la posibilidad de que estas entidades puedan asumir esos cambios o alterarlos, justificando a su vez la propuesta que ellos hacen, ha apuntado.
El Ejecutivo autónomo quiere contar con las aportaciones de estas entidades para modificar la Ley de Urbanismo y adaptarla al actual contexto económico, social y normativo. Se plantea, así, un proceso de participación previo a la redacción del anteproyecto definitivo, de carácter técnico, con entidades y organizaciones que puedan aportar sus propias líneas de reforma y alternativas a las planteadas a modo de propuesta.
1) Simplificar la gestión: clarificar el texto por excesiva complejidad de la regulación anterior y adecuar el texto al marco normativo.
2) Simplificar la tramitación y clarificar la intervención de cada uno de los agentes: coordinar y simplificar los procedimientos administrativos; distribuir claramente las competencias de cada uno de los actores con responsabilidad en el urbanismo; reforzar la autonomía municipal y reconducir la intervención del Gobierno de Aragón hacia la mejora de los instrumentos y procedimientos de planificación y gestión y protección de los valores de interés supramunicipal; mejorar la información urbanística.
3) Medidas en materia de gestión urbanística: disminuir la complejidad y el exceso de intervención administrativa en los sistemas de gestión urbanística; fomentar la rehabilitación y clarificar el papel del propietario del suelo.
4) Diferenciar el papel de la Comunidad Autónoma en el ámbito de las grandes ciudades y en el medio rural. Limitar el intervencionismo no justificado y propiciar el desarrollo de iniciativas controlando su legalidad.
5) Adaptar las cargas urbanísticas a las necesidades de cada municipio
6) Adecuar la urbanización al proceso de edificación: (ejecución de la urbanización paralela)
Estas medidas se suman a las ya incorporadas en la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad que se tramita en la actualidad en las Cortes que tiene como principales ejes:
1) La reintroducción de la figura de las Delimitaciones de Suelo Urbano en el actual escenario normativo como figura suficiente para aquellos municipios sin dinamismo
2) La supresión de la aplicación automática de la figura del agente urbanizador para que sea el municipio el que elija el sistema más adecuado
3) Propiciar que sean los propios municipios los que adopten determinadas decisiones: en la elección del sistema de gestión adecuado a la gestión del municipio o en el establecimiento de los ritmos adecuados para completar la urbanización y edificación de los suelos ya clasificados.
4) Medidas encaminadas a que el ritmo de la urbanización se adapte a las posibilidades reales de edificación