El ayuntamiento de Madrid implanta un mecanismo para ejercer el control en las actividades lúdicas.
Puesta a punto de las licencias de actividades con el Control Periódico
Borja García Palencia, Director Técnico de EQA Licencias Urbanísticas03/04/2013
El objetivo de esta implantación es regular el cumplimiento de las normativas vigentes en materia de protección de incendios y medio ambientales, con el fin de proteger a los usuarios, ocupantes y verificar que las actividades afectadas mantienen las condiciones con las que se les otorgó la licencia.
El esquema del Control Periódico se parece mucho a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) o la Inspección técnica de Edificios (ITE), que llevan ya tiempo implantados, y cuyo fin es la seguridad de los conductores en el primer caso y de los ocupantes y viandantes en el segundo caso. Las actividades obligadas a someterse a esta ordenanza son muy amplias, y van desde locales de ocio y hostelería (bares y restaurantes en función de superficie, discotecas y locales nocturnos sin limitación de superficie, hoteles y hostales con más de 25 habitaciones…), hasta centros educativos en función de su tamaño.
Como sabemos las licencias urbanísticas y de actividades tienen una vigencia indefinida, siempre y cuando no se realicen obras que puedan afectar a su funcionamiento. Cuando se concede una licencia de actividad, los servicios municipales verifican que la actividad pretendida cumple la normativa vigente en el momento de la solicitud. Dicha normativa a grandes rasgos se puede resumir en urbanística, medio ambiental, de protección de incendios y otra sectorial. No obstante las regulaciones sufren multitud de modificaciones a lo largo del tiempo, se adaptan a las realidades sociales y tienden a mejorar los parámetros de seguridad siendo mas restrictivas en muchos casos, sobre todo las que tienden a velar por la seguridad. Es lógico pensar que actividades con licencias antiguas, obtenidas con normativas también antiguas, a día de hoy no cumplirían con las normativas actuales, sobre todo en lo que se refiere a la seguridad de sus ocupantes.
Por otro lado, también es lógico pensar que no tiene la misma incidencia en la seguridad o el medioambiente un pequeño comercio donde es raro que se junten mas de 15-20 personas y hay una pequeña maquina de aire acondicionado a un bar de copas, o un restaurante donde en un espacio semejante al del comercio se pueden juntar más de 100 personas. Dichos establecimientos además de generar olores molestos por las cocinas, emisiones de caudales de maquinas de aire acondicionado o de renovación de aire muy superiores a los del comercio, que pueden molestar a vecinos, viandantes e incluso los usuarios de la actividad, aun cumpliendo la normativa de la fecha de la solicitud de la licencia, actualmente no la cumplirían.
Con la intención de velar por la seguridad de los usuarios de la actividad por un lado y de los que sufren las consecuencias de la actividad por otro, el Control Periódico de Actividades busca que estas se adapten a la normativa vigente en materia de protección de incendios y medioambiental. El Control Periódico de Actividades esta normalizado a través de la Ordenanza por la que se establece el Régimen de Gestión de Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades (OGLUA) vigente desde Abril de 2010 y posterior modificación de Julio de 2012, y es en el articulado de la ordenanza donde el ayuntamiento introduce este mecanismo de obligado cumplimiento para los titulares de las actividades afectadas.
Borja García Palencia, Director Técnico de EQA Licencias Urbanísticas sobre esta imagen, informa de la normativa 'Control Periódico', que ha implantado el Ayuntamiento de Madrid.
Empresas Colaboradoras de Licencias Urbanísticas (Eclu) se encargarán de realizar inspeciones regularmente
En esta misma ordenanza ya se incorpora la colaboración público-privada a través de las Empresas Colaboradoras de Licencias Urbanísticas (Eclu), que son empresas privadas que trabajan junto con el ayuntamiento de Madrid en la gestión y tramitación de las licencias urbanísticas y el Control Periódico de Actividades. De esta forma la inspección la realizaran las Eclus, que emitirán un informe que puede ser favorable o desfavorable en función de las deficiencias detectadas. Al tratarse de un nuevo procedimiento, los importes que se abonarán a las Eclus se establecen en función de la superficie de la actividad en 4 tramos: hasta 300 m2, de 301 a 500 m2, de 501 a 1500 m2 y de 1500 en adelante, con un máximo de 2.500 . Así por ejemplo para una cafetería de 300m2 el coste sería de unos 350 más IVA.
El informe favorable implica que el local se ajusta a la licencia concedida y además cumple con los requisitos actuales en materia de incendios y medioambiente, por lo que se deberá solicitar otro control en un plazo de 7 años. El informe desfavorable básicamente implica tener que adaptar la actividad a la licencia concedida y/o a la normativa actual de aplicación en materia medioambiental y seguridad de incendios. Se pueden dar hasta varios supuestos que van desde simplemente hacer pequeñas obras para regularizar la actividad a legalizar obras ejecutadas sin licencia, o que estas obras impliquen una modificación de la licencia original, la obligación de adaptarse a las normativas vigentes en materia medioambiental o de protección de incendios, e incluso la más desfavorable que implique que con las deficiencias detectadas no se puede ejercer la actividad.