La UE intensifica los controles oficiales de entrada de alimentos
El control oficial de los alimentos procedentes de terceros países se revisa periódicamente por parte de la Comisión. Se lleva a cabo el control mediante la actualización del Reglamento (UE) 2019/1793. El citado reglamento ha sido modificado por el Reglamento de ejecución (UE) 2021/608 de la Comisión de 14 de abril de 2021 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1793, relativo al aumento temporal de los controles oficiales y a las medidas de emergencia que regulan la entrada en la Unión de determinadas mercancías procedentes de terceros países, y por el que se ejecutan los Reglamentos (UE) 2017/625 y (CE) n.º 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Entre otros cambios destacan los siguientes:
- Salmonella, procede aumentar del 20 al 50% la frecuencia de los controles de identidad y físicos que deben realizarse de la pimienta negra (Piper nigrum) procedente de Brasil.
- Residuos de plaguicidas, procede aumentar del 10 al 20% la frecuencia de los controles de identidad y físicos que deben realizarse de los pimientos de la especie Capsicum (excepto los dulces) procedentes de Tailandia.
- Aflatoxinas, procede aumentar del 10 al 50% la frecuencia de los controles de identidad y físicos que deben realizarse de los cacahuates (cacahuetes, maníes) procedentes de la India.
- Residuos de plaguicidas, se modifica la entrada existente relativa a los pimientos dulces (Capsicum annuum) procedentes de Turquía para incluir todos los pimientos de la especie Capsicum.
Además de la intensificación de estas medidas y para garantizar una protección eficaz contra los posibles riesgos para la salud derivados de la contaminación microbiológica o química, se añade en los anexos I y II del Reglamento (UE) 2019/1793 el código NC de las semillas de sésamo (ajonjolí) tostadas.
En relación con los límites máximos de residuos de plaguicidas se ha actualizado el Reglamento 396/2005 para las siguientes sustancias:
- benalaxil, benalaxil-M, diclobenilo, fluopicolide, proquinazid y piridalil (Reglamento (UE) 2021/616 de la Comisión de 13 de abril de 2021).
- diclofop, fluopiram, ipconazol y terbutilazina (Reglamento (UE) 2021/618 de la Comisión de 15 de abril de 2021).
- aclonifeno, boscalida, leche de vaca, etofenprox, pirofosfato férrico, L-cisteína, lambda-cihalotrina, hidrazida maleica, mefentrifluconazol, 5-nitroguayacolato de sodio, o-nitrofenolato de sodio, p-nitrofenolato de sodio y triclopir (Reglamento (UE) 2021/590 de la Comisión de 12 de abril de 2021).
- fluxapiroxad, himexazol, metamitrona, penflufén y espirotetramat (Reglamento (UE) 2021/644 de la Comisión de 15 de abril de 2021).
En el caso de las sustancias medicamentosas se ha procedido a clasificar la sustancia imidacloprid por lo que respecta a su límite máximo de residuos (Reglamento de Ejecución (UE) 2021/621 de la Comisión de 15 de abril de 2021) en los productos alimenticios de origen animal, modificándose el Reglamento 37/2010.