El presupuesto disponible para esta convocatoria asciende a 95.181.546,36 €
Convocatoria de ayudas para la renovación energética de edificios e infraestructuras existentes de la Administración General del Estado
El Boletín Oficial del Estado número 180 de 29 de julio de 2017, ha publicado la Resolución por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de expresiones de interés para la selección y realización de proyectos de renovación energética de edificios e infraestructuras existentes de la Administración General del Estado a cofinanciar por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Etiqueta de calificación energética del edificio terminado instalada en el hall de acceso del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
La finalidad de la convocatoria es incentivar y promover la realización de actuaciones que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono mediante la ejecución de proyectos de ahorro y eficiencia energética y energías renovables en los edificios o infraestructuras existentes de la Administración General del Estado.
De conformidad con lo previsto en las bases de la convocatoria, podrán tener la condición de entidades beneficiarias, los diferentes departamentos de la Administración General del Estado, sus organismos y entidades públicas dependientes, siempre que estas últimas no desarrollen actividad comercial o mercantil, cuando sean propietarios o titulares de los edificios o infraestructuras para los que se solicita ayuda al objeto de realizar una renovación energética.
El presupuesto disponible para esta convocatoria asciende a 95.181.546,36 €. Los fondos a aplicar para la cofinanciación se corresponden con los fondos FEDER incluidos en el Eje 4 de Economía Baja en Carbono del Programa Operativo Plurirregional de Crecimiento Sostenible (POCS) para el periodo 2014-2020, conforme a las tasas de cofinanciación aplicables.
El IDAE, en calidad de Organismo Intermedio del POCS será el responsable de seleccionar los proyectos a cofinanciar, determinando el gasto subvencionable de los mismos que deberá ser realizado por el beneficiario con cargo a sus propios presupuestos.