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"El objetivo de energías renovables en el transporte que propone el Miteco para 2030 (25%) es inferior al mínimo exigido por la nueva Directiva de Energías Renovables (29%)"

Appa considera imprescindible incrementar los objetivos para biocombustibles del PNIEC

Redacción Interempresas13/09/2023

La cuota de energías renovables en el transporte que propone el borrador de la actualización del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) para 2030 (25%) es inferior al porcentaje mínimo exigido por la nueva Directiva de Energías Renovables para ese mismo año (29%), al tiempo que el objetivo de consumo final de combustibles renovables en el transporte que el borrador prevé para 2030 (2.184 ktep) es inferior al previsto para 2025 (2.313 ktep), una reducción que resulta sorprendente, según señalaron fuentes de la Asociación de Empresas de Energías Renovables (Appa) en un comunicado de prensa. A la vista de estos datos, la entidad considera imprescindible que “el Miteco incremente los objetivos de consumo de biocombustibles en el transporte previstos en dicho borrador para 2030, con el fin de alcanzar al menos la cuota del 29% fijada en la Directiva”.

“La capacidad de producción de biocarburantes ya instalada en España (3.932 ktep), el importante peso (80%) que el propio Plan reconoce que seguirán teniendo en 2030 los vehículos de carretera con motores térmicos, así como los crecientes consumos que demandarán los sectores aéreo y marítimo son factores que hacen posible y necesario incrementar los objetivos de biocombustibles previstos en el borrador del Plan”, asegura Álvaro Mitjans, presidente de Appa Biocarburantes.

La asociación ha propuesto también la inclusión en la actualización del PNIEC de varias medidas adicionales en materia de biocarburantes...
La asociación ha propuesto también la inclusión en la actualización del PNIEC de varias medidas adicionales en materia de biocarburantes.

Con este mismo fin, la asociación ha propuesto también la inclusión en la actualización del PNIEC, entre otras, de las siguientes medidas adicionales en materia de biocarburantes:

  • El establecimiento de la gasolina E10 (gasolina con un 10% de bioetanol) y del gasóleo B10 (gasóleo con un 10% de biodiésel) como carburantes de referencia en las estaciones de servicio, así como la promoción del consumo de mezclas con proporciones superiores de biocombustibles y de biocarburantes en estado puro, especialmente para su utilización en vehículos pesados de carretera, tractores y embarcaciones.
  • La revisión de la regulación actual de los biocarburantes en el Impuesto sobre Hidrocarburos (ISH), con el fin de aplicarles tarifas en términos energéticos más reducidas que las previstas para los combustibles fósiles, en atención a sus ventajas medioambientales y climáticas.

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