- Cartel homologado de plástico para interior/exterior con serigrafía de “zona videovigilada”, según la normativa vigente.
- Posibilidad de personalizarlo según la información que necesite el cliente.
- Según la Ley Orgánica 15/1999 -normativa vigente en materia de videovigilancia-, toda instalación que tenga protección vigilada 24 horas mediante cámaras de seguridad debe señalizarse adecuadamente mediante un cartel informativo suficientemente visible.
- En dicho cartel se debe indicar ante quien se puede ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición de los datos contenidos en los ficheros de grabación.
Un sistema de videovigilancia, según la normativa vigente, debe cumplir con los siguientes requisitos:
1º Disponer de al menos un cartel homologado de zona videovigilada.
2º Notificar la existencia del fichero de datos a la Agencia de Protección de datos.
3º Tener a disposición del público la Cláusula informativa de la AGPD.