Los rescates en Aragón, ¿responsabilidad de los Bomberos?
Un duro golpe que le da la DGA a la Benemérita, ya que la Ley incluso contempla la creación de una academia de Bomberos para formarlos mientras en Candanchú se encuentra el mejor centro de adiestramiento de España. Así lo incluye la Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón que ya es oficial.
El Artículo 2 lo deja muy claro. Detalla punto por punto el concepto y funciones que tendrán los Bomberos. Se indica textualmente que estos tienen la competencia en “la intervención en operaciones de rescate y salvamento en el medio natural”. También en otro punto se añade “la intervención en operaciones de salvamento acuático, subacuático, así como en cavidades o grutas”.
La Ley indica que Aragón creará en 18 meses una academia de bomberos y que estos, en el ejercicio de sus funciones, tendrán consideración de agentes de la autoridad. Mientras se pone en marcha la citada academia, la formación la realizarán las escuelas del Ayuntamiento y Diputación Provincial de Zaragoza.
Hay que recordar que la Guardia Civil tiene el mejor centro de adiestramiento de rescate de España, en el Centro de Alta Montaña de Candanchú, donde se han formado cientos de Guardias y Bomberos de toda España. Esta norma deja pues en una situación poco elegante a este centro.
Además esta ley deja en interrogante el actual convenio que tienen firmados el Gobierno Central y la DGA con el servicio de rescate medicalizado.
Así mismo, se adjudica a los ayuntamientos la competencia de bomberos en poblaciones superiores a los 20.000 habitantes y se detallan las competencias que tendrán las comarcas y las diputaciones provinciales en materia de prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.
En concreto, las diputaciones provinciales garantizarán por sí solas o en colaboración con otras administraciones o entidades públicas, hasta que el Gobierno de Aragón ponga en funcionamiento una organización propia, la prestación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento en aquellos municipios en los que, de acuerdo con la legislación de régimen local, no resulte obligatoria su prestación y carezcan de servicio propio.
Antecedentes
Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencia exclusiva en materia de «Protección civil, que incluye, en todo caso, la regulación, planificación, coordinación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y seguridad civil ante incendios, catástrofes naturales, accidentes y otras situaciones de necesidad».
Información de Radio Huesca