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El Patent Box permite un reducción en la base imponible de un 50% del importe de cesión

Aplicación del Patent Box en las empresas constructoras internacionalizadas

David Bar, manager Financiación de la Innovación de Alma CG04/09/2013
Desde principios de la década de los 90, y sobre todo a partir del comienzo del nuevo milenio, hemos asistido a una progresiva diversificación de las líneas de negocio de las empresas constructoras (desarrollando sobre todo líneas basadas en las energías renovables, agua, y concesiones), así como también una salida al exterior en búsqueda de nuevos mercados anticipándose a un -entonces- presumible cambio de tendencia y por una cuestión de minoración de riesgos y aprovechamiento de nuevas oportunidades. En dicho contexto cabe destacar las ventajas en la capitalización del conocimiento generado por I+D+i en empresas constructoras internacionalizadas.
David Bar, manager Financiación de la Innovación de Alma CG
David Bar, manager Financiación de la Innovación de Alma CG.

Estas circunstancias son las que nos llevan a la situación actual, en la que las empresas españolas tienen presencia activa a lo largo de todo el planeta, teniendo sociedades en los países donde están desarrollando su actividad, y representando su mercado exterior ya más del 60% de su facturación en este área, tal y como se refleja a continuación:

Fuente: Seopan (Infraestructuras: consideraciones, desafío y previsiones. 14 de marzo de 2013)

Fuente: Seopan (Infraestructuras: consideraciones, desafío y previsiones. 14 de marzo de 2013).

Las empresas españolas han sabido aprovechar esta circunstancia y se encuentran bien posicionadas en el mercado internacional, como demuestra el hecho de que en la lista publicada por ENR-Construction de las 225 principales empresas constructoras en 2012, ya hay 9 españolas (siendo ACS la número 2). Esto es posible gracias a una fuerte vocación internacional, apostando por extender su know-how de forma global, lo que implica tener una gran capacidad y agilidad en el establecimiento de sus centros, rápida inmersión -a todos los niveles- en los países de destino y, por supuesto, una eficiente transmisión del conocimiento a través de sistemas de comunicación multicanal, para poder llevar a cabo la actividad de las empresas. En la siguiente tabla se muestra la contratación y facturación en los dos últimos años:

Fuente: Seopan (Infraestructuras: consideraciones, desafíos y previsiones. 14 de marzo de 2013)
Fuente: Seopan (Infraestructuras: consideraciones, desafíos y previsiones. 14 de marzo de 2013).

Este movimiento irreversible seguirá potenciándose en los próximos años debido a la debilidad de la demanda interna. Según ha publicado el Banco de España en marzo de 2013, la inversión en construcción caerá un 10,1% en 2013 y en 2014 un 2,5%. Estos datos son corroborados por el informe publicado por Seopan en mayo, constatando que el consumo privado ha descendido en 2012 un 3,1%, el público en un 3,7% y la inversión en un 7,6% (debido fundamentalmente a los retrocesos en bienes de equipo, inversión residencial y en otros edificios y construcciones).

Esta actividad puede acarrear diversas limitaciones en la aplicación de los incentivos fiscales existentes en la actualidad, en función de la estrategia y estructura de la empresa en este contexto. En el ámbito de la I+D+i está cuestión adquiere una importancia capital, habida cuenta de la actual permeabilidad en las fronteras del conocimiento de la empresa, en la línea del paradigma de la innovación abierta desarrollada definido por Henry W. Chesbrough, y del fenómeno de la globalización de la innovación desarrollada por Archibugi et al., que la establecen en tres niveles: la explotación internacional de la tecnología (que incluye la concesión de licencias y patentes o la cesión de activos), la colaboración internacional en ciencia y tecnología (relacionado directamente con la I+D+i de carácter planificado), y la generación global de innovaciones (fundamentalmente la adquisición de conocimiento). Todo ello genera un dinamismo en la transmisión del conocimiento y en la propia actividad innovadora que debe ser tenido en cuenta.

Así pues, por un lado estas empresas se pueden ver encorsetadas por la imposibilidad de recurrir a los dispositivos fiscales relacionados con la I+D+i al tener su actividad en el exterior (aún cuando gran parte del conocimiento que se genera se produce en los centros ubicados en España), mientras por otro ven cómo las obras que están llevando a cabo en otros países llevan asociados la generación de numerosos proyectos de I+D+i (tanto planificados como no planificados, siendo éstos superiores en número y volumen a los primeros), por su singularidad, entidad y condiciones de contorno.

Un mecanismo al que pueden recurrir es la reducción de la base imponible por cesión de activos intangibles (denominado ‘Patent-Box’), desarrollado por la Trlis en su artículo 23. Este dispositivo permite un reducción en la base imponible de un 50% del importe de cesión (hasta el ejercicio fiscal en el que se supere 6 veces el valor del activo) permitiéndose la cesión intragrupo, lo que resulta muy atractivo en este caso en el que empresas de un mismo grupo se encuentran ubicadas en distintos países.

Según la Ley de Emprendedores presentada el pasado 24 de mayo pretendía impulsar de forma notable su aplicación, pudiendo incluso aplicar el ‘Patent-box’ por activos adquiridos a terceros, pasando la reducción del 50% al 60% o la eliminación del límite actual. Aunque recientemente se haya paralizado su tramitación, es un hecho que se trata de un dispositivo en evolución y desarrollo, tanto en nuestro país como en los de nuestro entorno que lo están incorporando como Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Reino Unido, Francia o Hungría. En nuestro país, y según los últimos datos publicados por la Aeat correspondientes al año 2010, el sector de la construcción y servicios inmobiliarios se han aplicado este dispositivo obteniendo una reducción cercana a los 5 millones de euros.

De cara a su aplicación es necesario realizar un adecuado estudio del tipo de activo a ceder, del valor del mismo de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 del Trlis, del marco contractual de esta cesión, así como también analizar la rentabilidad de la puesta en marcha de todo el proceso, ya que se deben comprobar los apartados del tipo impositivo del país de la filial, la retención que se les practica a los royalties (la denominada withholding tax) y la posibilidad de aplicar la deducción por doble imposición internacional en la matriz española.

Por último, y dada la creciente actividad de las sociedades establecidas en los países en los que están desarrollando la actividad, esta transferencia de conocimiento y cesión de activos intangibles se está volviendo multidireccional tanto en el seno del grupo como a terceros, con lo que conviene conocer también la posible existencia de este dispositivo en estos países.

Fuente: Seopan (Infraestructuras: consideraciones, desafíos y previsiones. 14 de marzo de 2013)

Fuente: Seopan (Infraestructuras: consideraciones, desafíos y previsiones. 14 de marzo de 2013).

Se puede concluir, por tanto, que el ‘Patent-box’ es un dispositivo muy atractivo y con amplio recorrido para las empresas constructoras, dada su situación actual y las perspectivas a corto y medio plazo, pudiendo con ello mejorar la rentabilidad de sus operaciones en el ámbito de la I+D+i –planificada y no planificada-, así como servir de estímulo para el desarrollo de nuevas interconexiones, sinergias y spill-overs entre los diversos agentes implicados.

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