Aprobada la Ley de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado viernes la nueva "Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia". En materia energética se adoptan una serie de medidas dirigidas a garantizar la sostenibilidad y accesibilidad en los mercados de hidrocarburos, así como a establecer un sistema de eficiencia energética en línea con las directrices europeas.
Sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética
Por una parte, esta Ley fija un sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética para las empresas comercializadoras de gas y electricidad.
Según este sistema, a los operadores de productos petrolíferos al por mayor y a los operadores de gases licuados de petróleo al por mayor sujetos se les asigna una cuota anual de ahorro energético de ámbito nacional, denominada obligaciones de ahorro. La nueva Ley también especifica las infracciones y sanciones por el incumplimiento de dichas obligaciones.
En cuanto a eficiencia energética, la nueva ley 18/2014, de 15 de octubre, señala tres puntos importantes: la creación del FNEE (Fondo Nacional de Eficiencia Energética) de forma inminente; los CAE (Certificados de Eficiencia Energética) y el seguro de responsabilidad civil por parte de los proveedores de servicios energéticos.
Fondo Nacional de Eficiencia Energética
El objetivo del Fondo Nacional de Eficiencia Energética Objetivo es la financiación de mecanismos de apoyo económico, financiero, asistencia técnica, formación, información u otras medidas con el fin de aumentar la eficiencia energética. el FNEE está adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Energía, y será gestionado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). La supervisión y control corresponderá a un Comité de Seguimiento y Control.
La dotación económica del Fondo Nacional de Eficiencia Energética procede de fondos estructurales comunitarios FEDER, de las aportaciones de los sujetos obligados por el sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética y de otras aportaciones.
Certificados de Ahorro Energético
Asimismo, estas medidas de urgencia habilitan al Gobierno para el establecimiento y desarrollo de un sistema de acreditación de ahorros de energía final, mediante la emisión de Certificados de Ahorro Energético (CAE), que una vez en marcha permitirá progresivamente a las empresas dar cumplimiento a sus obligaciones de ahorro mediante la promoción directa de actuaciones de mejora de la eficiencia energética que reúnan todas las garantías necesarias.
Los Certificados de Ahorro Energético (CAE) resultarán del análisis del cumplimiento de unos requisitos y condiciones de un catálogo cuya gestión corresponderá al IDAE. Para obtener y transmitir certificados de ahorro energético se deberá estar acreditado ante el sistema de obligaciones de eficiencia energética en las condiciones que se determinen reglamentariamente. Los sujetos que se acrediten deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil u otra garantía financiera que cubra los riesgos que puedan derivarse de sus actuaciones en la cuantía mínima que se establezca mediante real decreto.
Seguro de responsabilidad civil
Por último, los proveedores de servicios energéticos deberán tener suscrito un seguro de responsabilidad civil u otra garantía financiera que cubra los riesgos que puedan derivarse de sus actuaciones, teniendo en cuenta que pueden gestionar actuaciones de cierto riesgo como, entre otras, la ejecución y gestión de proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector industrial y el sector de la edificación. La cuantía mínima de la garantía se establecerá mediante real decreto.
Se pueden consultar todas las medidas en el BOE, número 252, de 15 de octubre de 2014