Modificado el Real Decreto de Certificación de Eficiencia Energética en Edificios
La primera modificación recoge la definición exacta del término "edificio de consumo de energía casi nulo"', con el fin de hacerla coincidir con las exigencias recogidas en la citada Directiva comunitaria.
La segunda modificación afecta a los edificios que están excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto. En este caso, la modificación supone que determinados edificios protegidos oficialmente, a partir de ahora sí tendrán que contar con un certificado de eficiencia energética.