"Con GENCI, las empresas en España podrán cumplir con sus nuevas obligaciones de RAP de envases profesionales"
Entrevista a Ainhöa Lizarbe, directora de Relaciones Institucionales y Comunicación del SCRAP GENCI
A efectos de la norma, se considera envase a cualquier producto que contenga, proteja o presente mercancías, lo que incluye tanto envases domésticos, como comerciales e industriales. Por tanto, todas las empresas que pongan por primera vez en el mercado español un envase (como puede ser una caja, una palé o film retractilado…) han de asumir una serie de obligaciones legales relacionadas con esos envases que han introducido en el mercado.
Ainhöa Lizarbe, directora de Relaciones Institucionales y Comunicación del SCRAP GENCI, nos explica los detalles de la norma y cómo darle respuesta.
¿Cómo puede una empresa saber si está afectada por esta normativa?
Como norma general, se considera Productor de Producto a toda empresa que envasa o importa un producto envasado, introduciendo ese envase en el mercado español por primera vez. Ahora bien, hay que tener en cuenta que existen diferentes casuísticas que afectan a esta consideración (por ejemplo, si los envases están vacíos, si se utilizan dentro del aparato logístico de una misma empresa, etc..).
Para ayudar a las empresas a identificar si, efectivamente, son Productores de Producto según esta norma, en GENCI hemos desarrollado el Test de Envases (https://test.genci.es). Tan sólo han de ir respondiendo Sí/No a una serie de preguntas y, en menos de 10 pasos, podrán averiguar si tienen esta consideración y por qué.
Además, hay que tener en cuenta que una misma empresa puede tener diferentes líneas de negocio (fabricación, importación/exportación) y es muy importante comprender que, si tiene la consideración de Productor de Producto en al menos en una de ellas, está afectada por la norma y, por tanto, ha de darle cumplimiento.
Ainhöa Lizarbe, directora de Relaciones Institucionales y Comunicación del SCRAP GENCI.
¿Cuáles son las principales obligaciones que deben cumplir las empresas y en qué plazos?
Por una parte, existen una serie de obligaciones que están vigentes desde 2023 y que están relacionadas con la Información de puesta en el mercado. Es decir, desde entonces, las empresas están obligadas a inscribirse en el Registro de Productores de Producto (RPP) y a reportar los envases que comercializaron por primera vez en el país el año anterior. Este último paso han de hacerlo dentro del periodo habilitado por el propio Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (como norma general, durante el primer trimestre del año siguiente a la comercialización del producto envasado).
Es importante destacar que, pese a que la norma afecta a decenas de miles de empresas en España, aún hay muchas que no están cumpliendo con estas primeras obligaciones, es decir, faltan muchas por inscribirse en el RPP y, por tanto, son susceptibles de ser sancionadas.
Si tienen dudas acerca de si se han inscrito o no (o si sus proveedores lo han hecho), pueden comprobarlo en el listado que, mensualmente, publica la Administración en la sección de Envases del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
A partir de 2025 las exigencias se ampliarán al Diseño y marcado de los envases, al establecimiento de Sistemas de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) para los envases reutilizables y a la aplicación del régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) a todos los envases.
Esta última obligación cobra una especial importancia porque las empresas habrán de financiar y organizar la correcta gestión de los residuos de todos los envases que pongan en el mercado nacional (independientemente de su naturaleza, formato, material o vida útil) y porque, además, ha de abordarse a través de Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (SRAP).
¿Qué son los SRAP?
Un Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (SRAP) es una fórmula que permite dar respuesta a las empresas que han de cumplir con la RAP.
La RAP no es algo nuevo en España. Lleva años aplicándose a otros productos en el país (como envases domésticos, aparatos eléctricos y electrónicos, aceites industriales, neumáticos…) y las empresas afectadas cumplían con sus obligaciones a través de lo que se llamaban Sistemas Integrales de Gestión (SIG), que ahora se llaman Sistemas Colectivos de RAP (o SCRAP).
Si bien es cierto que la adhesión a un SCRAP (como lo es GENCI) es la fórmula por la que han optado muchas de las empresas afectadas por esta norma de envases, también existe otra alternativa: la implementación de un sistema individual (también conocido como SIRAP).
Independientemente de cuál sea la fórmula escogida (pues ambas son igualmente válidas), hay una fecha clave para las empresas: el 1 de enero de 2025. Será entonces cuando el RD 1055/2022 comenzará a aplicarse a todos los envases, incluyendo así a los envases empleados en el ámbito profesional, es decir, comerciales o industriales (exentos hasta la llegada de esta normativa).
El Real Decreto 1055/2022 comenzará a aplicarse, en su totalidad, el 1 de enero de 2025. Esta norma tiene impacto en todos los sectores de actividad del país.
¿Cómo ayuda GENCI a las empresas afectadas?
GENCI es un SCRAP que asegura la gestión del residuo de envase industrial y comercial, financiando la operativa a los Gestores y garantizando la trazabilidad del residuo de envase profesional (independientemente de la naturaleza, formato, material o vida útil) y del sector de actividad en el que se emplee.
Para ello, contamos con nuestro Sistema de Información Tecnológico (SIT), una plataforma tecnológica que permite a las empresas adheridas a nuestro sistema reportar fácilmente los envases comercializados en el país y a los Gestores declarar la gestión de los residuos de envases, garantizando tanto la seguridad y la confidencialidad de los datos, como la sencillez y agilidad del proceso.
Para GENCI, la transparencia es una de las claves de nuestro sistema. Por eso, disponemos de una herramienta única en España (el Observatorio de Residuos de Envases Comerciales e Industriales), que muestra cómo se mueven los residuos de envases en el territorio a partir del geoposicionamiento de todos los actores implicados. Actualmente, la información mostrada hace referencia al ámbito balear (pues es donde estamos operando) pero, una vez comience nuestra actividad a nivel nacional, los datos reflejarán todo el territorio.
En el mercado existen varios SCRAP, ¿qué hace a GENCI diferente?
GENCI ya cuenta con experiencia en la gestión de los residuos de envases industriales y profesionales, pues lleva desde 2022 operando en Illes Balears. Esto es así por dos motivos: el primero de ellos tiene que ver con una normativa autonómica (ley balear 8/2019), pionera en aplicar la RAP a los envases industriales y comerciales en este territorio. El segundo, con SIGAUS, el sistema referente en España en la gestión de los aceites industriales usados (operativo desde 2007).
Cuando las empresas adheridas a SIGAUS se vieron afectadas por la ley balear 8/2019, SIGAUS reaccionó rápidamente creando un sistema ad hoc con el que darles respuesta: GENCI.
Si bien es cierto que GENCI está ligado al sector de los lubricantes, es un sistema abierto a cualquier sector de actividad (desde pinturas hasta muebles, pasando por laboratorios, cosmética o construcción). GENCI es un sistema que da servicio a cualquier empresa afectada por la norma, independientemente de su sector de actividad, y de la naturaleza, formato, material o vida útil de esos envases, es decir, ya sean de un solo uso o reutilizables.
Además, GENCI cuenta con otra ventaja añadida, y es que no sólo ayudamos a nuestras empresas adheridas a cumplir con las obligaciones de RAP de sus envases del ámbito profesional, sino que también damos cobertura a sus envases domésticos, en virtud de lo que se conoce como “Ventanilla Única”, gracias a acuerdos con otros SCRAP autorizados de envases domésticos.
En GENCI tenemos un triple compromiso: con los Productores de Producto, a quienes damos servicio en sus obligaciones de RAP de envases; con los Productores del Residuo, a quienes garantizamos la universalidad del servicio respetando la operativa existente; y con la máxima eficiencia, puesto que somos una entidad sin ánimo de lucro (y nuestra entidad administradora, SIGRAP, también lo es).
Y, por último, pero no menos importante, GENCI no tiene cuota de adhesión, lo que se traduce en que las empresas tan sólo pagarán al SCRAP por los envases que pongan en el mercado (en función de unas tarifas unitarias por material que haremos públicas próximamente), y no por pertenecer al sistema.
¿Qué recomendación daría a las empresas que aún no han tomado medidas respecto a esta nueva normativa?
Mi principal consejo es que no esperen al último momento, porque el final del año está “a la vuelta de la esquina” y antes del 1 de enero de 2025 han de haberse adherido a un SCRAP (o haber establecido su propio SIRAP) para poder comenzar 2025 “con los deberes hechos”.
Y si tienen dudas acerca de cómo cumplir con la norma, en GENCI les daremos todo el soporte que necesiten, porque tenemos la experiencia y las herramientas necesarias para hacerlo con las máximas garantías.