El Congreso aprueba la Ley de Morosidad
El Congreso de los Diputados ha aprobado la Proposición de Ley, presentada por Convergència i Unió, para la modificación de la Ley 3/2004 sobre morosidad en las operaciones comerciales, con el objetivo de que todas las empresas puedan cobrar con mayor prontitud, tanto de las administraciones públicas, que lo deberán hacer en 30 días, como de otras empresas privadas, con un plazo máximo de 60 días.
De cara a facilitar la adaptación a la nueva norma, se ha establecido un periodo de transición en la aplicación de ambas disposiciones, que se prolongará hasta 2013. En el caso de las administraciones públicas, éstas deberán reducir el pago a 55 días desde su entrada en vigor, a 50 a partir del 1 de enero de 2011, a 40 días en 2012 y a 30 días en 2013.
En el caso de las empresas privadas, el plazo se reducirá a 85 días cuando entre en vigor la norma, a 75 días a partir del 1 de enero de 2012 y a 60 en 2013. La única excepción será el sector de la alimentación y de los productos perecederos, donde se mantendrá la actual limitación de 30 días.
No será la única modificación que se llevará a cabo en este nueva Ley de Morosidad, que también determina que cuando el deudor incurra en mora, el acreedor tendrá derecho a reclamar una indemnización por todos los costes de cobro que haya sufrido, acreditándolo debidamente. Esta indemnización no podrá superar, en ningún caso, el 15% de la cuantía de la deuda, siempre y cuando ésta no supere los 30.000 euros. En estos casos, el límite estará constituido por el importe de la deuda de que se trate.
Por otro lado, también se ha aprobado la creación de un Observatorio estatal de la Morosidad, que dependerá del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Se encargará de realizar un seguimiento de la evolución de los plazos de pago y de la morosidad en las transacciones comerciales.