AENOR certifica cables dentro del Reglamento de Productos de la Construcción
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha autorizado a la entidad AENOR como organismo notificado para certificar el Marcado CE en cables de energía, control y comunicación dentro del Reglamento nº 305/2011 de Productos de Construcción. Se trata de una notificación obtenida tras el proceso de acreditación de su competencia técnica y por ello AENOR ha decidido ampliar el alcance de los servicios de evaluación de la conformidad ya prestados en el campo de los cables eléctricos.
¿Cómo fijar el marcado el marcado CE en los cables?
El objetivo de este Reglamento es fijar condiciones para comercializar los productos de construcción partiendo de reglar armonizadas sobre cómo expresar las prestaciones de los productos en relación a sus rasgos esenciales y cómo fijar el marcado CE en ellos. Así, dicho reglamento establece los requisitos de reacción al fuego de los cables para clasificarlos en función de sus características de generación de calor, propagación de fuego y emisión de humo y gases.
AENOR ha sido autorizado en el “campo de cables para el suministro de electricidad y comunicaciones para su instalación en edificios u otras obras de construcción”, en el que se fijan requisitos que permiten clasificar sus características de Reacción al Fuego.
Aprobación y seguimiento continuo
La actuación de AENOR en el ámbito de este Reglamento se produce en la aprobación inicial de los cables tras la realización de los correspondientes ensayos y visitas de inspección al lugar de producción, y en el seguimiento continuo de su conformidad, con la repetición periódica de estas actividades.Los cables afectados por este reglamento deberán haber realizado las evaluaciones obligadas para su clasificación antes del 1 de julio de 2017.