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El MAPA traspone la nueva normativa europea sobre control y certificación en plantas de frutales

20/06/2023

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), un real decreto por el que se modifican los reglamentos técnicos de control y certificación de plantas de vivero de frutales y de control de la producción y comercialización de los materiales de reproducción de las plantas ornamentales.

Con esta modificación se transpone la nueva normativa comunitaria sobre las plagas reguladas no cuarentenarias de la Unión Europea en los materiales de reproducción de plantas ornamentales, los materiales de multiplicación de frutales y los plantones de frutal destinados a la producción frutícola, recogida en Directiva de Ejecución (UE) 2022/2438 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2022.

El real decreto aprobado transpone la nueva normativa comunitaria en materia de plagas reguladas no cuarentenarias en los materiales de...
El real decreto aprobado transpone la nueva normativa comunitaria en materia de plagas reguladas no cuarentenarias en los materiales de multiplicación de frutales y los plantones de frutal destinados a la producción frutícola.

La norma comunitaria tiene por objeto actualizar la lista y requisitos de determinadas plagas y, en su caso, modificar las medidas específicas que deben adoptarse contra ellas. Esta modificación afecta a la lista de plagas reguladas no cuarentenarias comprendidas por los marcos regulatorios de la Unión Europea en los ámbitos de la producción, certificación y comercialización de los materiales de reproducción, de multiplicación de frutales y los plantones de frutal destinados a la producción frutícola; así como de la producción y comercialización de materiales de reproducción de plantas ornamentales.

Introduce nuevas disposiciones de carácter técnico sobre medidas para determinar la presencia de estas plagas, y los requisitos relativos al sitio de producción, el lugar de producción o el área en determinadas especies, motivo por el que es necesario incorporar estas modificaciones, que deberán estar incorporadas al ordenamiento jurídico interno antes del 30 de junio de 2023.

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