Nuevas bases reguladoras en la concesión de ayudas para la renovación del parque de maquinaria agraria
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado las nuevas bases reguladoras en la concesión de subvenciones estatales para renovar el parque de maquinaria, que por primera vez incluyen la posibilidad de financiar la compra de dispositivos y máquinas de precisión.
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El jueves 16 de diciembre se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 1055/2021, fechado el 30 de noviembre de 2021, que supone la continuación a los anteriores planes de renovación del parque nacional de maquinaria agrícola y de la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios, vigentes desde 2010 hasta 2013, y con el complemento del Plan PIMA TIERRA, vigente en 2014.
Las medidas previstas en este Real Decreto se orientan a incentivar la adquisición de distintos tipos de maquinaria nueva y el achatarramiento de la antigua, buscando reducir las emisiones de CO2, de NOx, de N2O, de NH3 y partículas, optimizar la aplicación de insumos y fijar carbono en el suelo, además de promover la eficiencia energética. En el texto también se incluyen los tractores eléctricos, para que puedan optar a subvención cuando empiecen a comercializarse en España y como mecanismo innovador para su especial apoyo desde las instituciones públicas.
Por primera vez se incluye en las bases reguladoras, la posibilidad de financiar la adquisición de dispositivos y máquinas de agricultura de precisión. Como está compuesto por un abanico de máquinas y dispositivos muy variado y en constante evolución, se concretará en cada convocatoria el listado de los mismos que pueden ser subvencionados. Estos dispositivos están expresamente excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola, y por lo tanto no se pueden inscribir en el Registro oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA). Sin embargo, el órgano instructor de estas ayudas llevará un registro para garantizar que no cambia la titularidad de los mismos en el plazo de cinco años desde que se concede la subvención, al igual que ocurre en otras máquinas subvencionadas.
Los concesionarios suelen acumular maquinaria usada.
Estas ayudas siguen la estela iniciada con el Real Decreto 704/2017, de 7 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola; norma que se deroga expresamente mediante la aprobación de estas nuevas bases reguladoras.
Este nuevo RD 1055/2021 incluye varios anexos con las declaraciones que tienen que cumplimentar los interesados en dichas ayudas, como la de retirada de la maquinaria obsoleta a centros autorizados. También, la autorización de solicitud de ayuda al Plan Renove para tractores de más de 40 años sin estructura de protección cuya titularidad no se puede cambiar en el Registro oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).
Con la normativa se pretende modernizar el parque agrícola español, incentivar la compra de distintos tipos de maquinaria nueva y el achatarramiento de la la maquinaria obsoleta, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, optimizar la aplicación de insumos y promover la eficiencia energética.
Cuantías
La cuantía inicial de las ayudas se han establecido en 120 €/kW de la potencia de inscripción del tractor o la maquinaria obsoleta a retirar, que conste en el ROMA, aunque se puede ver incrementada en función de la clasificación energética y las emisiones del nuevo tractor. En cuanto a las máquinas automotrices agrícolas, la cuantía base de la subvención se establece en 120 €/kW de la potencia fiscal que figure reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5, de la máquina automotriz a retirar al final de su vida útil.
La cuantía base de la subvención se establece en el 30% de la inversión sin IVA, realizada para la nueva máquina, y no podrá superar los 4.500 € en el caso de abonadoras y de 6.000 € para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
El Ministerio precisa que estas ayudas directas, que serán compatibles con otras subvenciones, se convocarán "en función de las disponibilidades presupuestarias" y se concederán "por riguroso orden de presentación de las solicitudes hasta el agotamiento de los fondos disponibles".
Beneficiarios
El MAPA contempla como potenciales beneficiarios a las personas o agrupaciones físicas o jurídicas que sean titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (Regepa), que prestan servicios agromecánicos y a las agrupaciones de tratamientos integrados y de defensa sanitaria ganadera. Las ayudas se dirigirán a la compra de tractores agrícolas, equipos de aplicación de fitosanitarios, fertilizantes, purines o manipulación, abonadoras, sembradoras directas, trituradoras de residuos de cosecha y poda y equipos de agricultura de precisión.