Aepsal promueve el Colegio Oficial madrileño de técnicos en prevención de riesgos
21 de enero de 2011
Según informa la asociación, desde la publicación de la ley de prevención de riesgos laborales, Ley 31/1995, la figura del técnico en prevención de riesgos laborales ha estado totalmente olvidada por parte de las Administraciones. No ha habido un reconocimiento a través de un convenio colectivo, ni a través de una homologación formativa (como se recogía en el articulado de la Ley) ni a través de la creación de un Colegio Profesional que aglutine y que defienda los derechos frente a la propia Administración, empresas y los colectivos con los que normalmente trabajan estos profesionales.

- Conseguir el reconocimiento de una profesión como esta: es necesario que se reconozcan las competencias como profesión independiente, con una formación regulada y reglada, con una representación real en los temas que le afectan (formación, normativa, etc.).
- Organizar el colectivo profesional: los prevencionistas carecen de una organización y una representación que ayude a la dignificación de la profesión. La existencia de un Colegio será el catalizador para la organización de este colectivo frente al intrusismo y las malas prácticas.
- Interés público: no es desconocido que esta profesión está presente en todos los ámbitos de la sociedad; la consecución de mejoras en la misma deberá contribuir a la mejora de la sociedad.