El Gobierno regula el ROMA para actualizar el parque 'vivo' de maquinaria
El propio Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) reconoce que los datos que ofrece regularmente sobre el parque 'vivo' de maquinaria agrícola no reflejan la realidad con exactitud. En esa línea, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se establece la normativa para caracterizar la maquinaria agrícola y regular las condiciones básicas para su inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).
Con esta medida, además de fomentar así la seguridad, el respeto medioambiental y la transparencia, otorga más valor aún a un instrumento de gran utilidad a la hora de analizar el parque de tractores y otras máquinas y cuyos datos son muy importantes para las diversas líneas de ayudas destinadas a la modernización del parque, tanto desde el Ministerio como de las comunidades autónomas.
La nueva norma establece el procedimiento para que las comunidades autónomas, previa notificación al interesado, den de baja las máquinas que no estén en uso, ya que muchos titulares no cumplimentan este trámite aun cuando ya ha sido achatarrada.
El RD recoge la prohibición de cambio de titularidad (excepto por herencia) de los tractores de más de 40 años sin estructura de protección homologada, una medida destinada a reducir los accidentes que se producen en la agricultura.
Con el mismo objetivo, y para evitar la incorporación a la agricultura española de maquinaria que produzca altos niveles de contaminación, se prohíbe la inscripción en el ROMA de tractores y máquinas automotrices procedentes de otros países, que no tengan estructura de protección homologada, o cuya fecha de puesta en servicio en el país de origen sea anterior a la fecha de entrada en vigor de la normativa europea de emisiones de gases y partículas contaminantes (Fase I de emisiones).